¿Hay un límite de velocidad mínimo en la Ciudad de México?

No es un secreto para los automovilistas de la Ciudad de México que los límites de velocidad máximos en la capital están entre los 20, 30, 50 y 80 kilómetros sobre hora, dependiendo de la zona en la que circulen, pero para muchos es poco conocido el hecho de que en la CDMX no hay un límite de velocidad mínimo.  

FERIA DE SAN FRANCISCO

Esto significa que las personas son libres para circular llevando su el velocímetro al mínimo posible sin ningún tipo de problemas. Esto se encuentra establecido en el Reglamento de Tránsito local, el cual establece todos los lineamientos que se deben seguir en cuanto al uso del acelerador. 

Esto aplica a cualquiera de los carriles que se ocupen, ya que tampoco hay ninguna restricción en cuanto a la forma en la que se traslada la gente, ya sea en carriles internos o laterales; es decir, aunque en la práctica haya quien defienda su uso, legalmente no hay nada que defina los carriles como de alta o baja velocidad

La única excepción es cuando hay carriles especiales como los asignados al transporte público, los cuales suelen tener una leyenda inscrita en el piso que establece el mayor índice permitido en cuanto a la aceleración.

El tráfico es uno de los problemas más grandes de las urbes. FOTO: Archivo.

¿Cuáles son los límites de velocidad en la Ciudad de México?

De acuerdo con el Artículo 9 de esta serie de reglas de convivencia vial, los operadores deben conducir en las calles de la CDMX siguiendo los siguientes márgenes a la hora de acelerar. 

  • Carriles centrales de vías de acceso controlado: 80 km/h.
  • Vías primarias: 50 km/h.
  • Laterales de vías de acceso controlado y vías secundarias: 40 km/h.
  • Zonas de tránsito calmado: 30 km/h.
  • Zonas escolares, hospitales, asilos y albergues: 20 km/h.
  • Estacionamientos o vías peatonales: 10 km/h. 

No obstante, en ningún espacio de la norma se establece que haya un límite inferior para la conducción de vehículos. Mientras el conductor no se detenga en un espacio prohibido, no hay una obligación para avanzar a una velocidad mayor. 

La maquinaria del campo solamente se puede llevar en vías públicas cuando se traslada para usarla. FOTO: Archivo.

Solo 1 artículo habla sobre velocidad mínima en el Reglamento de Tránsito de la CDMX

El único artículo que versa sobre una velocidad mínima está relacionado con máquinas que por sus propiedades no suelen alcanzar aceleraciones mayores, pero en ningún momento prohíbe su avance o se les exige a ir más rápido

De acuerdo con el Artículo 49 del Reglamento de Tránsito de la CDMX, la maquinara agrícola o de construcción podrá circular por la vía pública cuando se tenga autorización de la SSC y mientras se lleve al punto donde será utilizada. 

Estos vehículos deben contar con señales de advertencia, reflejantes o luminosas. En cuanto su circulación sea a menos de 20 kilómetros por hora o cuando tenga dimensiones excesivas, debe contar con un vehículo que lo abandere para evitar colisiones entre otras unidades.

Vialidades como Viaducto difícilmente permiten una aceleración a su máximo límite de 80 km/h. FOTO: Archivo.

La Ciudad de México está entre las más lentas

Si bien hay espacios y horarios en los cuales los automovilistas pueden acelerar a fondo, debido a la cantidad de automóviles, las marchas, bloqueos y el tráfico es complicado poder llegar a los 80 kilómetros por hora. La mayor parte del tiempo, los usuarios de automotores de la capital avanzan de manera pausada. 

Tan solo en 2024, de acuerdo con el Traffic Index 2024 de la asociación TomTom, la capital del país fue considerada la más congestionada de todo el planeta, al punto de que los recorridos hechos en promedio alcanzaron 13 kilómetros por hora

Esto da como resultado que en la CDMX haya puntos donde avanzar 10 kilómetros le lleva a las personas en auto casi 32 minutos y se gasten al año 152 horas de su tiempo. 

 

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HIDALGO

Cortesía de El Heraldo de México



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