
El 28 de febrero de 2025 fue la fecha límite para que los patrones cumplieran con la Declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Si este trámite no se realizó en tiempo, aún es posible presentarlo sin recibir multas, siempre y cuando se haga antes de que el IMSS emita un requerimiento.
Sin embargo, aunque no haya sanciones económicas, el retraso puede traer complicaciones en el cálculo de las cuotas obrero-patronales, ya que el IMSS podría aplicar una prima diferente a la que corresponde, obligando al patrón a realizar aclaraciones o correcciones posteriores.
¿Qué hacer si no la presentaste a tiempo?
Si aún no has cumplido con esta obligación, lo recomendable es hacerlo lo antes posible para evitar problemas con el cálculo de las cuotas. Además, algunas subdelegaciones del IMSS podrían solicitar un escrito libre explicando las razones del retraso, por lo que es importante verificar con la oficina correspondiente si este documento es necesario.
Presentar tarde la Declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo no genera multas si se hace de forma espontánea, pero puede derivar en ajustes en las cuotas del IMSS y trámites adicionales. Para evitar complicaciones, lo mejor es cumplir con esta obligación cuanto antes y revisar los requisitos con la subdelegación correspondiente.
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Cortesía de El Contribuyente
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