Ya es oficial: la Ley Silla ha entrado en vigor dentro del territorio mexicano, y junto con ella también lo hacen las sanciones para quienes decidan no cumplirla. Pero ¿en qué consiste esta nueva ley y en qué casos aplica?
Desde el 17 de junio del 2025, las reformas a la Ley Federal del Trabajo conocidas en su conjunto como Ley Silla serán aplicables para los centros de trabajo. Entre otras disposiciones, prohíben a los empleadores obligar a sus trabajadores a permanecer de pie durante jornadas completas.
El 19 de diciembre del 2024 fueron aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reformas en los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo. Por la naturaleza de estas reformas, se les apodó en conjunto como “Ley Silla”. Tras cumplido el plazo de 180 días, la Ley Silla entra en vigor en México. Este plazo se otorgó para que los empleadores pudieran organizar y acondicionar los espacios destinados para los descansos.
El objetivo es mejorar las condiciones laborales de los sectores en los que las actividades se realizan casi en su totalidad de pie, como ocurre con meseros, guardias de seguridad, cocineros, cajeros, personal de aseo, etc., pues se ha comprobado que mantener una postura vertical por tiempos prolongados puede generar problemas cardiovasculares, además de aumentar el riesgo de sufrir diabetes y otras enfermedades.
Ahora, los empleadores tendrán la obligación de garantizar no solo descansos, sino también espacios adecuados y sillas con respaldo para que los trabajadores tomen estos descansos. Su duración y frecuencia serán determinados por el centro de trabajo y estarán regulados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Cabe aclarar que la Ley Silla obliga a que se realicen descansos en un asiento y espacio adecuados, no a que se proporcionen sillas para las actividades laborales. Para puestos de oficina o actividades en que el trabajador ya permanezca sentado no será aplicable esta ley.
Aquí puedes revisar la actualización en el Diario Oficial de la Federación sobre la Ley Silla.
¿Y si mi jefe no me quiere dar descansos?
Dentro de las reformas, se establecen sanciones económicas para los patrones que no garanticen periodos de descanso en espacios adecuados. El monto va desde las 250 y hasta las 2,500 UMAs. El precio de una UMA (Unidad de Medida Actualizada) es de $22.11 pesos mexicanos.
Para reportar a un empleador que se niegue a acatar la Ley Silla, puedes levantar una denuncia en las oficinas de la STPS de tu localidad, o a través de la página www.gob.mx/stps. Otras opciones son llamar al 800 717 29 42 o enviar un correo directamente a [email protected].
Si los empleadores son reincidentes, podrían enfrentar la suspensión de sus empresas e incluso la clausura definitiva. En los próximos 30 días, la STPS establecerá los mecanismos bajo los que se realizarán inspecciones a los centros de trabajo.
Cortesía de Xataka
Dejanos un comentario: