¿Qué es la declaración DIOT del SAT y quiénes deben cumplirla?

La DIOT informa al SAT sobre el IVA. Foto: Cuartoscuro/Archivo

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es un trámite que permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantener un control sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y detectar posibles inconsistencias fiscales.

Esta obligación aplica a todos los contribuyentes, personas físicas o morales, que realicen operaciones con terceros, es decir, con proveedores de bienes o servicios, sin importar el régimen fiscal en el que estén inscritos.

¿En qué consiste la DIOT del SAT?

La DIOT es una declaración informativa mensual en la que se deben reportar los pagos, retenciones, acreditamientos y traslados de IVA derivados de operaciones con proveedores. Su objetivo es transparentar las relaciones comerciales para efectos fiscales.

El plazo para presentarla es durante el mes siguiente al periodo reportado. En algunos casos, como el de contribuyentes con actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, puede presentarse de forma semestral.

¿Quiénes están obligados a presentarla?

De acuerdo con el SAT, deben presentar la DIOT:

  • Personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravadas por la Ley del IVA
  • Contribuyentes que tengan registrada la obligación fiscal de IVA ante el SAT
  • Dependencias públicas como la Federación, entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados

Incluso si no se realizaron operaciones con terceros, es obligatorio presentar la DIOT con la opción “La presenta sin operaciones”.

¿Cómo se presenta la DIOT?

Desde el 1 de agosto de 2025, la DIOT debe presentarse exclusivamente en la nueva plataforma diseñada por el SAT, disponible en: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx.

La nueva plataforma permite:

  • Enviar más de 40 mil registros sin ir a oficinas del SAT
  • Obtener acuse de recibo automáticamente
  • Hacer carga masiva de datos mediante archivo .txt
  • Capturar manualmente hasta 30 registros

Es necesario contar con la Contraseña del SAT o la e.firma, especialmente en el caso de personas morales.

Otras reglas para cumplir con la DIOT

Aunque la Ley del IVA establece el día 17 como fecha límite de presentación, la Regla Miscelánea vigente extiende el plazo hasta el último día del mes correspondiente.

¿Quiénes están exentos de presentarla?

No deben presentar la DIOT:

  • Personas físicas y morales bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
  • Personas físicas con actividad empresarial, profesional o arrendamiento cuyos ingresos del ejercicio anterior sean menores a 4 millones de pesos
  • Nuevos contribuyentes que estimen ingresos menores a 4 millones de pesos
  • Contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

Según el Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes que no presenten la DIOT o lo hagan fuera de tiempo o en otro formato podrían recibir multas económicas de acuerdo a los artículos 81 y 82.

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Cortesía de UNO TV



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