En la práctica diaria, la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) exige coordinar áreas contables, facturación y a veces hasta ventas. Cuando un cliente recibe una solicitud de cancelación y nadie la atiende, el tiempo corre en contra; por eso conviene tener claro qué dice el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), y cómo documentar cada caso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Plazo real para responder a la solicitud de cancelación
El Artículo 29-A del CFF indica que los CFDI solo pueden cancelarse en el ejercicio en que se expiden y con la aceptación del receptor. Sin embargo, vía RMF el límite para ejecutar la cancelación se amplía hasta el mes en que se presenta la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitió el comprobante. Ya en la operación cotidiana, la Regla 2.7.1.34 establece que el receptor debe aceptar o rechazar la cancelación en el Portal del SAT a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Si transcurren esos tres días sin respuesta, la cancelación se entiende aceptada por silencio. Este detalle es crítico: el cómputo de días sigue el Artículo 12 del CFF, por lo que fines de semana y días inhábiles no cuentan.
Consejo operativo: configura alertas internas y un responsable de “Buzón Tributario” para revisar diariamente las solicitudes de cancelación. Un retraso de horas puede convertir una diferencia comercial en un problema fiscal.
Casos en los que no se requiere la aceptación del receptor
La Regla 2.7.1.35 de la RMF enumera supuestos donde el emisor puede cancelar sin esperar la respuesta del cliente. Identificarlos ahorra tiempo y evita fricciones innecesarias.
Supuesto | Descripción | ¿Aceptación del receptor? |
---|---|---|
Monto total hasta $1,000.00 | CFDI cuyo total no supera mil pesos. | No requerida |
Nómina | CFDI emitidos por sueldos y salarios. | No requerida |
Egresos | Notas de crédito u otros CFDI de egresos. | No requerida |
Traslado | CFDI de traslado. | No requerida |
RIF / operaciones con público en general | Ingresos a contribuyentes del RIF y tickets globales. | No requerida |
Residentes en el extranjero | CFDI emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales. | No requerida |
Cancelación en el día hábil siguiente | Si se cancela dentro del día hábil posterior a la expedición. | No requerida |
Agro, silvícola, ganadero y pesca con pcgcfdisp | Ingresos de quienes usan proveedor de certificación autorizado para expedición. | No requerida |
Integrantes del sistema financiero | CFDI emitidos por entidades del sistema financiero. | No requerida |
Federación (derechos, productos, aprovechamientos) | CFDI emitidos por la Federación por dichos conceptos. | No requerida |
Obligación de justificar y soportar la cancelación de cfdi de ingresos
El penúltimo párrafo del Artículo 29-A del CFF es puntual: al cancelar CFDI que amparen ingresos, el contribuyente debe justificar y soportar documentalmente el motivo. Esta exigencia puede revisarse en facultades de comprobación, de modo que conviene armar un expediente sencillo y trazable por cada caso.
- Relato breve del motivo (error en concepto, importe o receptor; devolución; bonificación).
- Pruebas: pedido, contrato, correo de autorización, acuse de devolución, nota de crédito vinculada (si aplica).
- Identificación de folios: UUID del CFDI original y del CFDI que lo sustituye o de la nota de crédito.
- Fecha y evidencia de la solicitud de cancelación enviada y de su estatus en el Portal del SAT.
Buenas prácticas para no perder plazos ni evidencias
- Centraliza el buzón tributario: define responsables suplentes y horarios de revisión, especialmente en cierres y fines de mes.
- Documenta el porqué: cada cancelación de ingresos debe dejar rastro claro; evita motivos genéricos.
- Usa sustitución cuando proceda: si hubo error en datos, considera timbrar el CFDI correcto y referenciar el folio que sustituye.
- Capacita a ventas y cobranza: suelen ser quienes primero detectan errores o devoluciones; que sepan cómo escalar el caso.
- Controla tiempos: recuerda que los tres días son hábiles; planea ante días inhábiles oficiales.
Esta guía resume los puntos operativos de la cancelación de CFDI con base en el CFF (Artículo 29-A) y la RMF (Reglas 2.7.1.34 y 2.7.1.35). Para instrucciones paso a paso en el Portal del SAT, consulta los manuales vigentes y las guías especializadas.
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Cortesía de El Contribuyente
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