Casos relevantes del sector privado pendientes de resolución en la SCJN

Entre los pendientes que tiene que resolver la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) destacan casos relacionados con el sector privado, como el amparo promovido por Elektra relacionado con un crédito fiscal; un conflicto por un predio relacionado con Banca Mifel y un asunto en el que está involucrada Transportadora de Gas Natural de la Huasteca.

El pleno de la SCJN integrado por los ministros que por primera vez fueron electos a través del voto popular el 1 de junio de 2025, celebró su primera sesión pública el 11 de septiembre pasado. Ninguno de los 15 casos listados esa fecha tenía que ver con el sector privado, aunque solamente resolvieron tres que fueron acciones de inconstitucionalidad.

Banca Mifel

Para la siguiente sesión, que deberá celebrarse el miércoles 17 de septiembre, entre los 16 casos listados para discutir se encuentra el expediente 21/2025 que está en la posición número siete. Se trata de un incidente de inejecución de sentencia dictada el 19 de enero de 2024, por el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, en el amparo indirecto 684/2023, promovida por Banca Mifel, Grupo Financiero Mifel, fiduciaria en el fideicomiso número 1644-2013.

El asunto que fue listado por primera vez el 8 de diciembre de 2025, está en la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama.

Se trata de un pleito por la construcción que se pretende hacer en un predio de Bosques de las Lomas, Alcaldía Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México.

El banco demandó el amparo y protección de la Justicia en contra de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, por la expedición del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad el 02 de enero de 2019, particularmente el artículo 156, fracciones XVI, XXIX y XXX.

También contra el director del Registro de los Planes y Programas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México. Reclama la emisión del Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo con número de folio 32720-151PARI22 de fecha 10 de febrero del 2023, para el predio ubicado en Calle Paseo de los Laureles número 278, Colonia Bosques de las Lomas, Alcaldía Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México.

Mediante sentencia de fecha 27 de noviembre de 2020, el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México reconoció que le asiste la razón a la Seduvi en su demanda de lesividad promovida en 2019, ya que a ese predio le corresponde únicamente la zonificación habitacional unifamiliar exclusivamente de una vivienda cada 1,000 metros cuadrados, al encontrarse en la porción del predio La Colina, con frente a Bosques de Laureles, y no la que amparaba su certificado ilegal.

Gas Natural de la Huasteca

Para la sesión del 18 de septiembre, en el que se tienen listados 15 asuntos, en la posición cinco está un caso de contradicción de criterios identificado con el número 153/2023, también en la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama, que está relacionada con la empresa Transportadora de Gas Natural de la Huasteca.

Los antecedentes del caso refieren que mediante oficio número 884/2023, remitido por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, el 31 de mayo de 2023, el magistrado Presidente José Antonio Rodríguez Rodríguez, hizo de conocimiento la denuncia presentada por Israel Herrera Rangel, en su carácter de apoderado legal de Transportadora de Gas Natural de la Huasteca, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, de la posible contradicción entre el criterio manifestado por la Primera Sala de esta SCJN en la tesis 1a./J. 14/2012 (9a.), y el sostenido por la Segunda Sala de la misma SCJN en la jurisprudencia 2a./J. 85/2017 (10a.).

Se deberá determinar si el artículo 75 del reglamento de la ley relativa, al establecer un límite temporal para ejercer el derecho de acción de validación judicial de un contrato de servidumbre voluntaria, continua y aparente de paso, regulado por el artículo 105 de la propia ley de hidrocarburos, vulnera el principio de reserva de ley establecido en el artículo 17 de la Constitución.

Elektra

Si bien no se conocen cuales serán los asuntos que conformarán las listas ordinarias de asuntos para vista después del 18 de septiembre, se sabe de otros asuntos relevantes relacionados con el sector privado que ya han sido remitidos a las ponencias de los ministros.

Entre estos se encuentra el amparo directo en revisión 3842/2024 en el que aparece como recurrente el secretario de Hacienda y como quejosa y recurrente adhesiva Elektra.

La empresa, que tributaba bajo el régimen de consolidación fiscal, con la calidad de controlada, promovió juicio contencioso administrativo en contra de la resolución al recurso de revocación que confirma resolución a través de la cual se le impuso un crédito fiscal (multa) por declarar una pérdida fiscal mayor a la realmente sufrida, ya que la sociedad omitió declarar ingresos acumulables por conceptos de inventario acumulable.

Una vez substanciado debidamente el juicio, la Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, reconoció la validez de las resoluciones impugnadas.

Inconforme con la determinación la sociedad mercantil controlada, promovió juicio de amparo directo, manifestando como concepto de violación, entre otros, que fue incorrecto que se iniciaran facultades de comprobación fiscal a una sociedad controlada, ya que en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2012, las únicas obligadas a responder por el impuesto consolidado ante la autoridad fiscal son las sociedades controladoras.

El Tribunal Colegiado dictó sentencia en la que concedió el amparo y protección de la justicia de la unión, bajo la consideración de que la autoridad fiscal antes de ejercer sus facultades de comprobación a la sociedad mercantil controlada, debía hacerlo con la controladora, ya que estas son las únicas causantes de los resultados consolidados.

Inconforme con la determinación la autoridad fiscal promovió recurso de revisión en el que medularmente refirió que la interpretación dada por el tribunal del conocimiento a diversos artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2012 es inconstitucional.

Total Play

Otro caso que ha despertado interés es el amparo directo en revisión 2526/2025 donde aparece como quejosa Total Play y como tercero interesado el administrador de lo contencioso de Grandes Contribuyentes “1” de la Administración General de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria.

Se trata de un juicio de nulidad en contra de rechazo de deducciones por concepto de comisiones a distribuidores en el ejercicio fiscal de 2011.

También fue turnado a la ponencia de la ministra Lenia Batres.

Puma

Puma México Sport, aparece como quejoso en el amparo 313/2025 según el cual el acto reclamado es la promulgación del decreto por el que se reforman disposiciones de la Ley Federal de Derechos publicada el 13 de noviembre de 2025.

Concretamente es contra la aplicación de cuota fija únicamente a operaciones de importación provenientes de países miembros del tratado integral y progresista de asociación transpacífico, en contravención de los principios de proporcionalidad, legalidad y jerarquía normativa establecidos en tratados internacionales como el acuerdo sobre facilitación del comercio y el acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio.

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Cortesía de El Economista



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