
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo otorgado a una persona inconforme con la Ley Minera porque establece que las solicitudes en trámite de nuevas concesiones de exploración y explotación en esta materia deben ser desechadas.
“Las solicitudes en trámite de nueva concesión de exploración se desecharán sin mayor trámite, en virtud de lo dispuesto por el presente Decreto”, indica el artículo quinto transitorio de la ley.
Con siete votos fue aprobado el proyecto de sentencia de la ministra Lenia Batres, que señala que las personas que presentaron una solicitud de concesión antes de la entrada en vigor del decreto reclamado, no tenían un derecho adquirido a que se les otorgara la concesión.
“Si bien se ordena que las solicitudes en trámite se desechen, pues aquellas personas que presentaron solicitudes de nueva concesión que no fueron resueltas previo a la entrada en vigor del Decreto en comento, estas no son titulares de algún derecho adquirido, sino de meras expectativas de obtenerlo”, indica el proyecto.
Ministros votaron en contra de la propuesta
Los ministros Arístides Guerrero y Giovanni Figueroa votaron en contra de la propuesta y este último argumentó que la disposición reclamada no se traduce en que el peticionario necesariamente deba obtener una concesión de explotación, sino sólo que su solicitud sea tramitada conforme a la normatividad vigente en el momento en que hizo el trámite.
“No es que la parte quejosa tenga un derecho adquirido a obtener una concesión, y eso lo quiero precisar, sino más bien a que su solicitud sea tramitada y resuelta, con base en normas vigentes en la época en la que se formuló la petición”, explicó Figueroa.
Ley aprobada desde el pasado Viernes Negro
Esta ley fue promulgada en 2023 y forma parte de las que se aprobaron en el llamado Viernes Negro.
Además, con siete votos se aprobó otro proyecto de Batres Guadarrama derivado de un amparo promovido por un particular que también consideró este artículo como violatorio del principio de irretroactividad de la ley al establecer que se desecharán en automático las solicitudes de concesión de exploración y explotación.
Cortesía de El Heraldo de México
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