Aprobada en lo general en el Senado la Ley de Amparo con algunas modificaciones y pese a las críticas de expertos

La iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 15 de septiembre al Senado, ha sido aprobada en lo general la noche de este miércoles en el Pleno, tras ser ratificada también por mayoría en una reunión extraordinaria de las Comisiones de Justicia, Hacienda y Crédito Público y la de Estudios Legislativos unas horas antes. La revisión de los legisladores se hizo en un documento que ya había sido modificado durante la noche del martes, cuando al texto original le fueron cambiados algunos aspectos sobre las figuras que causaban más polémica, como el de la del interés legítimo. Con 76 votos a favor y 39 en contra, la reforma de ley fue aprobada en lo general y pasará a manos de los diputados. “Este dictamen no es producto de un trámite cerrado, sino de un proceso plural y transparente”, dijo en su presentación el senador del bloque oficialista, Javier Corral.

Después de más de seis horas de discusión en el Pleno del Senado, los legisladores aprobaron en lo general la iniciativa de la presidenta Sheinbaum. La oposición —conformada por MC, el PAN y el PRI— que no logró frenarla, argumentó que los cambios propuestos representan una regresión para la defensa de los derechos de los ciudadanos. Mientras que el bloque oficialista defendió la propuesta con el argumento de que muchos “han abusado” del juicio de amparo, sobre todo, los que más recursos tienen. “Esta reforma no busca suprimir derechos, sino balancear responsabilidades […] Es tiempo de regresarle al amparo su esencia. Con la reforma los delincuentes de cuello blanco ya no podrán esconderse y los grandes fraudes y delitos fiscales no tendrán refugio”, dijo la senadora María Del Rocío Corona, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Tras dos días de audiencias públicas convocadas en el Senado, abogados, especialistas y miembros de la sociedad civil alertaron sobre algunos aspectos de la reforma, entre ellos el riesgo de que las nuevas disposiciones obstaculicen aún más el acceso a la justicia. Las modificaciones a este importante recurso judicial son una prioridad para el partido gobernante, que ha hecho uso de su mayoría para pasar sin problemas en Comisiones Unidas.

La reforma presidencial, una de las grandes apuestas del Gobierno de Sheinbaum en este primer año al frente del país, fue presentada por la mandataria y respaldada por su gabinete como una propuesta que busca agilizar los procesos judiciales para que el recurso del amparo no sea usado “por quienes quieren evitar la justicia”.

La iniciativa presidencial —que se desprende de los cambios ya ejecutados con la gran reforma Judicial de Morena— ha tenido cambios durante la noche del martes y también en Comisiones, la tarde de este miércoles, en donde apuntando “un error en términos de archivo”, se votó a favor de cambiar el artículo transitorio: “En el dictamen se dice: ‘El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor en el presente decreto continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este decreto’. La primera proposición que queremos hacerles es suprimir esa segunda parte”, expuso Corral.

Antes, durante la noche del martes, el dictamen sufrió cambios considerables. Sobre todo para atenuar una de las figuras que más polémica había desatado en la opinión de abogados y defensores de derechos humanos: el interés legítimo. Al que se ha añadido que “será individual o colectivo”, para que colectivos no queden fuera de las consideraciones. Además, se eliminaron los requisitos que fueron considerados demasiado restrictivos, que estipulaban que el daño fuera “actual” y el beneficio “directo”.

Otras modificaciones se enfocaron en plazos, actos de ejecución o créditos fiscales, así como la eliminación de la propuesta de cargar al erario multas para los casos donde procediera. Otro ajuste importante fue la ampliación de 60 a 90 días el plazo para que los jueces puedan dictar una sentencia en un juicio de amparo, una vez celebrada la audiencia constitucional. Y la ampliación también del plazo de tres días a cinco días para que las personas, especialmente las que están en situaciones de vulnerabilidad, presenten garantías que el procedimiento exija.

El bloque oficialista ha defendido que la iniciativa pretende modernizar la forma de impugnación y reducir el tiempo para obtener sentencias. Este martes, en su conferencia diaria, la mandataria volvió a referirse al tema que, sin mencionarlo directamente, aludía a casos como el del magate Ricardo Salinas Pliego: “Si no se modifica la ley de amparo, lo que va a ocurrir en este y otros casos, [pero] particularmente los deudores fiscales, es que son los que más han abusado del amparo. La justicia nunca llegaba a quien tiene que llegar […] ¿Quién ha abusado de la ley de amparo? Pues los que tienen más recursos económicos”, señaló.

Organizaciones civiles y una gran cantidad de expertos en la materia, presentes en las audiencias públicas del lunes y martes, así como otros litigantes que observaron el proceso, aseguran que las modificaciones planteadas —aun después de los cambios de este miércoles— significan un retroceso en lo que se ha logrado en años de legislación para la defensa de las personas ante violaciones de sus derechos humanos, o cuando denuncien omisiones por parte del Gobierno.

Algunos sostienen que la reforma dificulta todavía más el acceso a la justicia en casos como desapariciones forzadas, o en los que la ciudadanía quiera protegerse y ampararse ante megaobras públicas que afecten o pongan en peligro su vida o la calidad de esta, solo por mencionar algunos ejemplos.

El abogado Luis Eliud Tapia, especialista en Amparo, explica: “Me parece que esta reforma está más pensada en las autoridades que en las personas, y lo que se dice sobre hacer el amparo más sencillo y más ágil es una fachada vacía, al final lo que se logra es exactamente lo contrario”.

Los puntos polémicos

Hay varias figuras que fueron modificadas después de causar polémica y discusión. Entre las más importantes está la del interés legítimo y la de la limitación de las suspensiones —el recurso que detiene temporalmente el acto o daño que causa una persona o autoridad mientras se revisa si ese acto fue legal o no—.

La reforma buscaba redefinir de quién es el interés legítimo. “Una persona que presenta un amparo debe de acreditar que el acto de la autoridad o la ley le afecta un derecho, a eso se le llama interés jurídico. Y pasa lo mismo con leyes, y ahí se pone más complicado, porque solo una persona que compruebe que la ley le afecta puede presentar un amparo”, explica Tapia.

Actualmente, con la ley de amparo vigente, publicada en 2013 —en la que uno de sus creadores fue el ministro en retiro, Arturo Zaldívar, que ahora promueve los cambios— el interés legítimo permite, entre otras cosas, que personas u organizaciones actúen para proteger derechos colectivos, aun cuando ellos o ellas no sean directamente los afectados.

Un ejemplo de este recurso son los amparos que organizaciones ambientalistas solicitaron para denunciar la devastación natural en la selva Maya por las construcciones del Tramo 5 del Tren Maya. Con esta nueva definición que se busca dar a la figura, se exigen que el daño ocasionado sea concreto, directo y personal. Lo que limitará que asociaciones civiles u organizaciones tengan los mecanismos a su alcance para reclamar causas colectivas. De acuerdo con especialistas, el interés legítimo se pensó primero como una figura de protección de derechos colectivos y en los casos en los que una persona no pueda acreditar ser titular de un derecho, pero sí que tiene algún tipo de afectación.

A solo unas horas de anunciada la iniciativa de la presidenta, algunos expertos consultados por este medio, recibieron la noticia con cautela. “Sin las suspensiones, el amparo se convierte en ficción”, dijo Javier Martín Reyes, experto en derecho constitucional e integrante del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. “La propuesta de Sheinbaum está repleta de tecnicismos que abren la puerta a la interpretación del significado e implicaciones del beneficio judicial”, dijo.

Cortesía de El País



Dejanos un comentario: