
El fisco tiene 2 billones de pesos en créditos fiscales controvertidos por los contribuyentes en tribunales, y que de mantenerse la retroactividad en la Ley de Amparo, tendrían que ser garantizados por los contribuyentes en los casos en que haya una sentencia firme.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al cierre de junio de 2025 el fisco tenía 196,497 créditos fiscales controvertidos en tribunales por 2 billones 381.1 millones de pesos.
La noche del miércoles, el Senado de la República aprobó, de última hora, que las nuevas reglas de la Ley de Amparo sean retroactivas, es decir, que apliquen aun para juicios fiscales ya iniciados y que actualmente están en proceso judicial en los tribunales.
Gloria Rocío Estrada, del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que lo que se busca en materia fiscal con la Ley de Amparo es que los contribuyentes deban garantizar el pago de créditos fiscales firmes ante la práctica que actualmente cometen muchos de ampararse a más no poder para retrasar el pago de los adeudos.
Un crédito fiscal es un adeudo que el fisco determina sobre un contribuyente por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales y que tiene la obligación de pagar al Estado.
La especialista explicó que un crédito fiscal es firme cuando el contribuyente o no lo impugna, o bien lo controvierte en tribunales pero éstos resuelven a favor de la autoridad fiscal para que proceda con el cobro.
Si el contribuyente decide impugnar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y éste emite una sentencia a favor de la autoridad fiscal, el contribuyente todavía puede interponer un amparo ante un tribunal colegiado para que revise la sentencia.
Aun incluso después de eso, se tiene oportunidad de impugnar la sentencia del tribunal colegiado y elevar el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al alegar que se violaron los derechos humanos del contribuyente.
Y es que, según explicó Estrada, lo que hicieron muchos contribuyentes fue ir impugnando las sentencias a favor del fisco (hasta llegar a la SCJN), para alargar los juicios y, de esta manera, aplazar el pago de los créditos fiscales.
“Lo que establece esta reforma es que en juicios de amparo donde se vaya a ejecutar el cobro de un crédito fiscal, solo se te otorgue una suspensión si tú garantizas el pago del crédito fiscal mediante un billete de depósito o una carta de crédito”, explicó la especialista.
Cortesía de El Economista
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