El Tribunal Superior de Bogotá revocó este martes la condena a 12 años de prisión domiciliaria contra el expresidente colombiano, Álvaro Uribe, quien en agosto se había convertido en el primer exmandatario del país en ser hallado penalmente culpable por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. Tanto el senador de izquierda Iván Cepeda, que presentó la demanda, como la Fiscalía o Procuraduría colombianas todavía pueden apelar la decisión con un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que contará con cinco años para decidir el futuro del caso.
“En conclusión, la ausencia de prueba directa o inferencial sobre la falsedad y el artificio idóneo impide configurar el tipo penal de fraude procesal. Por ello se ha de revocar la sentencia”, leyó el magistrado Manuel Antonio Merchán durante la audiencia virtual en la que se conoció la resolución que anuló la condena impuesta en agosto por la jueza Sandra Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.
La audiencia, en la que participó el propio Uribe, concluyó con la absolución del líder de la derecha colombiana, de 73 años, al determinar que no existían elementos suficientes para sostener la condena de primera instancia y que parte del material probatorio, entre ellas escuchas telefónicas, había sido obtenido de forma irregular.
La respuesta por parte del oficialismo fue inmediata, con el presidente, Gustavo Petro, considerando que la medida es una maniobra que busca esconder la historia de la narcopolítica en el país, alegando que tratar de “intimidad” las grabaciones de Uribe hablando de sobornos es continuar ocultando su conexión con el narcotráfico. “El tribunal superior de Bogotá repite la historia”, sentenció el mandatario colombiano en su perfil de X.
Un proceso que se remonta a 2012
La decisión, adoptada por la Sala Penal del Tribunal e informada por Merchán, echa por tierra la resolución de la jueza Heredia, quien en agosto había impuesto la máxima pena posible por los dos delitos, además de una millonaria multa y la suspensión de sus derechos políticos. Según Merchán, la sentencia anterior “se redujo a apreciaciones subjetivas sobre la credibilidad de los testigos, sin aplicar criterios técnicos ni principios de lógica formal”. La magistrada Oviedo votó en disidencia.
El fallo de segunda instancia eximió a Uribe del delito de soborno en actuación penal en el caso de las supuestas presiones y sobornos a los exparamilitares Carlos Enrique Vélez, Eurídice Cortés y Juan Guillermo Monsalve para testificar contra Cepeda. Los jueces concluyeron que “no se acreditó de manera directa o indirecta que Álvaro Uribe hubiera instigado el delito de soborno en actuación penal” y que “la falta de prueba inferencial sobre la falsedad de los hechos impide configurar el tipo penal de fraude procesal”.
El proceso judicial, el más mediático del siglo en Colombia, se remonta a 2012, cuando Uribe, entonces senador, denunció a Cepeda ante la Corte Suprema de Justicia, acusándolo de manipular testigos para vincularlo con grupos paramilitares. La Corte no sólo desestimó esa denuncia, sino que decidió abrir una investigación contra Uribe al encontrar indicios de que había sido su entorno el que intentó influir en declaraciones de exparamilitares encarcelados.
Uno de ellos, Juan Guillermo Monsalve, considerado testigo clave, aseguró que un abogado del expresidente, Diego Cadena, le ofreció beneficios para modificar su testimonio. Monsalve grabó la conversación con una cámara oculta y el episodio se convirtió en una de las principales piezas del expediente. Cadena fue posteriormente condenado a siete años de prisión domiciliaria por soborno dentro del mismo entramado judicial.
La jueza Heredia había considerado probado que Uribe presionó o instigó a exparamilitares para que lo desvincularan de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), grupo responsable de masacres y desapariciones durante el conflicto armado. Sin embargo, la nueva disposición del Tribunal de Bogotá determinó que la decisión carecía de sustento jurídico y que el análisis de la prueba contenía “errores metodológicos, falacias interpretativas y valoración sesgada de los testimonios”.
Reacciones cruzadas
La absolución de Uribe puede ser recurrida mediante un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que deberá decidir si admite o no la apelación. El proceso podría extenderse durante varios meses, o incluso años, antes de alcanzar una resolución definitiva. El fallo reacomoda el tablero político de cara a las elecciones presidenciales de 2026, en las que las fuerzas de derecha intentan recuperar el poder tras el triunfo de Petro en 2022. La decisión judicial desató una inmediata ola de reacciones en todo el arco político colombiano.
Gustavo Petro, enemigo histórico del exmandatario, rechazó el fallo y lo vinculó con lo que definió como “la historia de la gobernanza paramilitar” en el país. “Así se tapa la historia de los políticos que llegaron al poder aliados con el narcotráfico y desataron el genocidio en Colombia”, escribió en su cuenta de X, aludiendo a Uribe y a los gobiernos conservadores que lo sucedieron. El presidente cuestionó además que el Tribunal “contradice a la Corte Suprema” al sostener que “la interceptación judicial a un delincuente, en donde aparece la voz de Uribe hablando de soborno” es considerada una ruptura en el protocolo.
Del otro lado del espectro, el expresidente Iván Duque, elegido en 2018 por el partido uribista Centro Democrático, celebró la resolución y la calificó como “una gran victoria de la democracia y el imperio de la ley” en Colombia. “¡Se ha hecho justicia! La inocencia de Álvaro Uribe ha prevalecido. Su honestidad y compromiso con la legalidad derrotaron las infamias de quienes quisieron castigarlo por su lucha contra el crimen”, escribió también en X.
Cortesía de Página 12
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