
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá esta semana que un Tribunal Colegiado dicte una nueva sentencia en contra de un extorsionador, porque la vigente por 40 años de prisión y 700 días multa se apartó del criterio establecido por la Corte.
De acuerdo con el proyecto de sentencia del amparo directo en revisión 1412/2024, confeccionado por Loretta Ortiz Ahlf, el 2 de agosto de 2019, aproximadamente a las 11:45 horas, la víctima, de quien se omitió el nombre, se encontraba en su negocio cuando llegaron tres personas, entre ellas el quejoso o recurrente que promovió el recurso jurisdiccional estudiado y resuelto, quienes le dijeron que eran sicarios de una organización criminal y pidieron 6,000 pesos en efectivo a cambio de no prender fuego al inmueble, cantidad que debería darles mensualmente.
“Mientras el pasivo reunía la suma que le exigieron (de la cual solamente entregó 2,000 pesos), uno de sus trabajadores llegó acompañado de varios policías y señaló a esos sujetos como extorsionadores, por lo que estos fueron detenidos’’, cita la reseña de hechos.
En calidad de ponente, Ortiz Ahlf propone revocar la sentencia recurrida y devolver los autos al Tribunal Colegiado de Circuito del Conocimiento para que dicte una nueva determinación en la que, siguiendo los lineamientos de la Corte, resuelva lo que en Derecho corresponda.
“En consecuencia, lo que procede es revocar la sentencia recurrida ya que el Tribunal de Alzada no vulneró el derecho al debido proceso por las razones que determinó el Tribunal Colegiado, y no se acredita la violación que ameritó la concesión del amparo para los efectos que precisó”.
Mediante juicio de amparo directo, el quejoso reclamó la fabricación de su detención, falta de exhaustividad; insuficiencia de pruebas y solicitó un examen exhaustivo de la constitucionalidad, así como la proporcionalidad de la pena para el delito de extorsión en el Edomex.
Cortesía de El Economista
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