Nuevo revés de la Corte a Grupo Salinas

El empresario Ricardo Salinas Pliego sumó este miércoles otra derrota judicial, esta vez en el litigio contra una multa de más de 67 millones de pesos que le impuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó un amparo otorgado a una filial de Grupo Elektra para que los magistrados federales dicten una nueva sentencia.

El proyecto fue elaborado por la ministra Lenia Batres, quien explicó que, en 2018, el SAT impuso a Nueva Elektra del Milenio una multa de 67 millones 165 mil 827 pesos por declarar una pérdida mayor a la realmente sufrida respecto del ejercicio fiscal de 2012.

La empresa promovió juicio de nulidad y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la resolución impugnada.

Contra esa sentencia, Nueva Elektra del Milenio presentó un amparo, que le fue concedido por un tribunal colegiado, al considerar que las facultades de comprobación debían dirigirse a la controladora, Grupo Elektra, y no a la empresa subordinada.

“El tribunal colegiado que conoció del asunto concedió el amparo al considerar que el SAT no podía ejercer sus facultades de comprobación respecto de las empresas controladas bajo el régimen de consolidación fiscal debido a que la sociedad controladora era la que presentaba declaraciones complementarias de consolidación, es decir, la responsable ante el fisco respecto de toda la unidad económica”, explicó Batres.

Contra la decisión del colegiado, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) promovió un recurso de revisión ante la Corte y esta determinó, por seis votos, revocar la sentencia del tribunal colegiado para que dicte una nueva resolución en la que reconozca que el SAT puede ejercer sus facultades de comprobación respecto de Nueva Elektra del Milenio, como empresa controlada, lo que implica que esta debe pagar la multa de más de 67 millones de pesos, pero también se deben considerar sus argumentos.

Para la Corte, no existe una disposición constitucional que impida al SAT verificar directamente el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas controladas, aunque tributen como parte de un grupo bajo el régimen de consolidación fiscal.

“El proyecto explica que este asunto derivó de una multa que se impuso por el incumplimiento de una obligación prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 2012, a cargo de la sociedad controlada, de modo que aceptar que la autoridad fiscal no pueda iniciar sus facultades de comprobación respecto de esta, llevaría a desconocer el contenido de esta misma ley, pues abriría la posibilidad de que el cumplimiento de los deberes mencionados no pudiera ser revisado directamente ante la sociedad controlada y, por tanto, que no se pudiera sancionar o bien, que ante el incumplimiento de deberes fiscales por parte de esta se sancionará a la sociedad controladora, es decir, sancionara a una persona moral que no incurrió en la infracción, lo cual resultaría jurídicamente inaceptable”, señaló Batres.

La ministra Loretta Ortiz votó en contra de la propuesta por considerar que el asunto no plantea temas de constitucionalidad, por lo que no le corresponde a la Corte analizarlo sino a los magistrados federales.

El máximo tribunal también analizó la petición de Grupo Salinas para que las ministras Batres y Yasmín Esquivel no pudieran votar en este asunto, pero la empresa fracasó en su intento para que se declararan impedidas, incluso se le impuso una multa de casi 34 mil pesos.

Apenas el jueves pasado, la Corte propinó un revés al empresario en siete asuntos fiscales por los que debe pagar más de 48 mil millones de pesos.

Cortesía de El Heraldo de México



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