
El dinero acumulado en la Afore de una persona no desaparece después de su fallecimiento; es heredable y puede ser reclamado por sus beneficiarios o beneficiarias, según sea el caso. Sin embargo, debes tomar en cuenta los pasos para conseguirlo.
De acuerdo con la Ley de Seguridad Social existen tres tipos de beneficiarios de una Afore:
- Legales
- Sustitutos
- Designados
Beneficiarios legales
Se trata de aquellos que tienen derecho automático sobre los recursos acumulados a través de las aportaciones obligatorias, de acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). La entrega de los recursos acumulados dependerá bajo qué tipo de pensión se cuente.
Los beneficiarios legales podrán ser por concubinato, para hijos siempre y cuando sean menores de 25 años y padres siempre y cuando no existan cónyuge o hijos. De igual forma, depende del tipo de pensión para destacar qué tipo de beneficiario puede aplicar, especialmente en el caso de los hijos.
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Beneficiarios designados
Por otro lado, los designados son elegidos libremente por el trabajador y su derecho se limita estrictamente al ahorro voluntario. Estos son los formatos disponibles:
- Libertad de elección
- Derecho exclusivo
- Testamento inválido
- Flexibilidad
- Número de designados
Beneficiarios sustitutos
Este formato de beneficiarios figuran cuando no existen beneficiarios legales directos como los mencionados anteriormente. Parientes no directos deberán acudir con un juez para ser designados a la Afore por derecho de sucesión.
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¿Cuánto tiempo tiene una persona para cobrar el Afore de un fallecido?
Tarda mes y medio a dos meses cuando el fallecido tenga su expediente biométrico en orden. De lo contrario puede extnderse hasta ocho meses o mas. Hay algunos procedimientos más tardados.
Cabe destacar que el dinero de la cuenta individual no se pierde, aunque si se cumple un año sin aportación y nadie ha reclamado el dinero, este es enviado al Fondo de Pensiones del Bienestar el cual tiene como finalidad financiar un complemento de pensión para el titular y no para beneficiarios.
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OB
Cortesía de El Informador
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