
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un criterio que cambia de forma importante las expectativas de muchos trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que ya se jubilaron o están cerca de hacerlo. A partir de esta resolución, las personas jubiladas bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) del propio IMSS no podrán recibir, además, una segunda pensión por cesantía y vejez.
Se trata de un criterio obligatorio para todos los tribunales del país, por lo que los juicios que pretendan obtener una “doble pensión” para este grupo de trabajadores tendrán que resolverse en el mismo sentido que definió la Corte.
Por qué la Corte negó la doble pensión
De acuerdo con la resolución, la SCJN consideró que la jubilación otorgada bajo el RJP del IMSS y la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez tienen la misma finalidad: proteger al trabajador en la misma etapa de su vida, cuando ya dejó de trabajar de forma permanente.
Por esa razón, la Corte concluyó que no pueden acumularse ambas prestaciones, aun cuando la persona haya cotizado en otros empleos o tenga semanas registradas en diferentes periodos. El hecho de haber trabajado en otros lugares no abre la puerta a una segunda pensión si ya se disfruta de una jubilación bajo el régimen especial del IMSS.
¿A quién afecta y a quién no este criterio?
La propia SCJN precisó que este criterio se limita a un grupo muy específico de personas: quienes fueron trabajadores del IMSS y se jubilaron bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del propio Instituto. No se trata de un cambio general para todos los asegurados.
| Sujeto | Situación frente a la doble pensión | Comentario |
|---|---|---|
| Trabajadores del IMSS jubilados bajo el RJP | No pueden recibir doble pensión (RJP + cesantía y vejez) | La Corte considera que ambas prestaciones cubren la misma etapa de vida. |
| Trabajadores de empresas privadas | No se ven afectados por este criterio | Siguen bajo las reglas generales del régimen obligatorio del IMSS. |
| Asegurados del régimen general del IMSS | No se ven afectados por este criterio | Aplica solo para ex trabajadores del IMSS con jubilación RJP. |
En términos prácticos, esto significa que los jubilados del IMSS bajo el RJP ya no tienen posibilidad jurídica de reclamar judicialmente una segunda pensión por cesantía y vejez, aun si tienen otras cotizaciones acumuladas en el sistema.
La SCJN analizará si el IMSS debe devolver recursos de cuentas antiguas
En un tema distinto, pero relacionado con la seguridad social, el Pleno de la SCJN decidió atraer un caso para estudiar si el IMSS está obligado a devolver los recursos acumulados en las cuentas individuales de cesantía y vejez correspondientes al régimen previo a la creación de las AFORES.
En esas cuentas se concentraron aportaciones realizadas antes de que iniciara el sistema de pensiones basado en administradoras privadas. La pregunta jurídica de fondo es si, una vez jubilado el trabajador, el Instituto debe reintegrar esos montos a las personas que cumplan con ciertos requisitos.
Hasta ahora, el asunto se encuentra en estudio y no existe todavía una decisión definitiva. Si el Pleno resolviera a favor de los trabajadores, el IMSS tendría que devolver esos recursos, lo que podría representar un impacto económico considerable para el Instituto y abrir un camino de reclamaciones para quienes acrediten derechos sobre esas cuentas antiguas.
Qué pueden esperar los jubilados del IMSS
Con la resolución ya adoptada por la Segunda Sala, el escenario es claro para los trabajadores del IMSS que se jubilaron bajo el RJP: no podrán obtener una segunda pensión por cesantía y vejez a través de los tribunales. Los juicios en curso que persigan ese objetivo deberán resolverse conforme al nuevo criterio obligatorio.
Para quienes tienen recursos en cuentas individuales anteriores al sistema de AFORES, la atención se centra ahora en el Pleno de la SCJN, que definirá si el IMSS debe devolver esos montos y bajo qué condiciones. Hasta que se emita una sentencia, las personas en esta situación deberán esperar la resolución final para conocer con precisión el alcance de sus derechos.
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