
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la inclusión de las fotografías de los candidatos en las boletas electorales en Coahuila, por mayoría de cinco votos a favor, derivado de una reforma en julio pasado al Código Electoral de la entidad.
La mayoría aprobó el proyecto del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, quien determinó que los artículos impugnados por partidos políticos no constituyen propaganda electoral y tampoco violan el principio de equidad de la contienda.
“La cara, en este caso, no está sustituyendo a una plataforma electoral, simplemente le permite a la ciudadanía asociar al individuo (…) no creo que sea adecuado asumir que la ciudadanía solamente va a votar o va a tomar en consideración una cara”, aseveró Figueroa Mejía.
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El ministro también resolvió diversas acciones de inconstitucionalidad que fueron promovidas por Morena, Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano contra las reformas al Código Electoral de Coahuila.
A favor y en contra
A favor del proyecto se pronunciaron los ministros Figueroa Mejía, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Arístides Guerrero García y el ministro presidente de la SCJN Hugo Aguilar Ortiz y en contra los ministros Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Sara Irene Herrerías Guerra y Lenia Batres Guadarrama.
“Creo que en gran medida sí ayuda al votante a tomar una definición y si se cuida que sea un elemento neutro, que no tenga algunas condiciones que rompan la equidad de la contienda, yo creo que se convierte en un elemento necesario. Estamos viviendo la era digital, muchas cosas van a seguir llegando y creo que lo que favorezca a contribuir a que el votante tenga las mejores condiciones para tomar la decisión será bienvenido”, aseveró Aguilar Ortiz.
Batres Guadarrama consideró que la fotografía en la boleta no ayuda a las personas a tomar una decisión informada.
“Y si lo que le ofrecemos son rostros, lo que estamos haciendo es frivolizar la elección por supuesto, que no ayudamos a una equidad electoral en el momento en que hay muchos prejuicios respecto de las características de los rostros de las personas, en un país como el nuestro, sumamente clasista, elitista, racista”, refirió.
En tanto, la ministra María Estela Ríos González, señaló que el uso de la fotografía es una propaganda política; incluso comparó el uso de la imagen con los reality show.
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“No debemos trivializar, a mi juicio, esa situación al grado de mantenernos en ese nivel de votar al estilo de La Casa de Los Famosos (…) Es incorrecto, creo que tenemos que darles valor a las plataformas políticas, porque si no es un voto de cuál es tu artista favorito”.
La Corte también invalidó un artículo que autorizaba crear, modificar o eliminar las Salas Regionales del Tribunal Superior de Justicia mediante una ley secundaria. Esta facultad debe estar prevista directamente en la Constitución estatal para dar mayor certeza y claridad sobre la estructura del Poder Judicial.
Además, validó el sistema previsto para suplir las ausencias temporales o definitivas de las personas juzgadoras, al considerar que este mecanismo garantiza el funcionamiento adecuado y continuo del Poder Judicial estatal, protegiendo el acceso a la justicia.
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MV
Cortesía de El Informador
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