
¿Los despachos de cobranza pueden difundir fotografías o alguna identificación de los deudores de la banca u otras instituciones financieras como una práctica para recuperar la cartera vencida? No, esto es ilegal.
“La cobranza se tiene que manejar de manera respetuosa y dirigirse únicamente al interesado, que es el deudor”, dice Ángel González, director general de la Organización Nacional de la Defensa del Deudor.
Te puede interesar
Para realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración de créditos, préstamos o financiamientos, estas empresas tienen prohibido evidenciar al deudor públicamente, a través de redes sociales, medios de difusión masiva, listas negras, cartelones, o anuncios, entre otros.
Tampoco pueden establecer registros especiales, con lo cual se haga del conocimiento del público la negativa de pago, asegura la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Pese a no estar permitido, este tipo de prácticas son muy utilizadas por los gestores de cobranza, lo cual se refleja en el número de quejas en torno a este hecho.
En los primeros nueve meses del año, la Condusef registró 23,516 reclamaciones en torno a las malas prácticas de los despachos de cobranza, 36.9% más que en el mismo periodo del año anterior.
En lo que se refiere a evidenciar al deudor de manera pública, la institución reportó 381 quejas, 7.3% más que de enero a septiembre del año pasado, según cifras del Registro de Despachos de Cobranza (Redeco).
Raúl es una de las personas que se ha quejado por estas prácticas abusivas. En 2022, un banco pegó copias de su INE en las puertas de su casa y en muros y postes cercanos a ella. “Buscan avergonzarte con tus vecinos, amigos y familia, lo peor de todo es que lo logran”.
Él estaba consciente de la deuda que tenía con la institución, la cual era de 45,000 pesos; sin embargo, pasaba por un mal momento y no podía pagar en ese entonces. “Los despachos son groseros, insensibles y altaneros, se creen los dueños de los bancos, por eso la gente a veces no paga, por sus malos modos”.
¿Quiénes son los despachos de cobranza?
Los gestores de cobranza son empresas que contratadas por bancos y otras entidades financieras para contactar a personas con deudas y recuperar los recursos de forma extrajudicial.
Hace unos días, Alan Ramírez, presidente de la Asociación de Profesionales de Cobranza y Servicios Jurídicos (Apcob), en el marco de la Confederación Nacional de Cobranza, reconoció que las compañías del sector deben tratar con respeto a los usuarios cuando hacen su trabajo y dejar atrás “prácticas poco éticas y el hostigamiento”.
¿Qué más no pueden hacer los despachos de cobranza?
La Condusef enumera algunas de las actividades que tampoco deben hacer los gestores.
- Utilizar un nombre o denominación que se asemeje a una institución pública.
- Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “confidencial”, “oculto”, “privado“ o con cualquier otra expresión o denominación semejante que imposibilite su identificación.
- Amenazar, ofender o intimidar al deudor, familiares, compañeros de trabajo y/o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
- Se entenderá por amenazar e intimidar al anuncio de un posible embargo o acción de cobranza de manera judicial o extrajudicial, o con actos para infundir miedo y temor, que puede realizarse de forma oral o escrita.
- Se entenderá por ofender, a la manifestación de palabras altisonantes, gritos, insultos, desprecios o humillaciones con palabras o acciones que demeriten la dignidad del deudor o la persona con quien se realiza la gestión de Cobranza.
- Enviar o presentar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
- Indicar una forma distinta de pago a la señalada por la entidad financiera, y/o solicitar que el pago del adeudo se realice de manera directa al despacho de cobranza.
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los deudores.
- Realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración en el domicilio, teléfono y/o correo electrónico distinto al proporcionado por el deudor, obligado solidario o aval.
- Realizar la cobranza mediante el uso de grabaciones.
- Realizar cobranza de un crédito ya pagado.
- Realizar gestiones de cobro, negociación o reestructuración a personas que no son el Usuario, cliente y/o socio deudor.
- Realizar gestiones de cobro utilizando teléfonos no registrados por la entidad financiera en el Redeco.
La Condusef recuerda que cualquier persona puede presentar una queja en contra de las Entidades Financieras a través del Redeco y recibir respuesta por el mismo sistema.
Puedes mandar tus dudas a [email protected]
Cortesía de El Economista
Dejanos un comentario: