A partir de enero de 2026, el registro obligatorio de líneas celulares en México traerá una consecuencia clara para quienes no cumplan: el bloqueo del servicio. Sin embargo, no todos los usuarios enfrentarán exactamente los mismos requisitos. De acuerdo con los nuevos lineamientos oficiales, hay un grupo que deberá presentar un documento adicional para evitar la suspensión de su línea: las personas morales.
Según el DOF, todas las líneas telefónicas móviles deberán estar vinculadas a una persona física o moral plenamente identificada. La medida aplica sin distinción para líneas nuevas y existentes, así como para esquemas de prepago y pospago. El objetivo, explica la autoridad, es eliminar el anonimato en la telefonía móvil y reducir su uso en actividades delictivas.
Identificación obligatoria para personas físicas: INE, pasaporte y CURP
Para la mayoría de los usuarios, el proceso de registro implicará presentar una identificación oficial vigente con fotografía y la CURP. Los documentos aceptados son la credencial para votar, el pasaporte o el Documento Nacional de Identidad. En el caso de personas extranjeras, el trámite se realizará con pasaporte vigente o CURP temporal para extranjeros.
Como anteriormente reportamos en Xataka México, Telcel ya confirmó que este proceso será obligatorio a partir del 7 de enero de 2026 y que las líneas que no completen la vinculación serán suspendidas. Durante la suspensión, solo se permitirán llamadas a números de emergencia y atención ciudadana, aunque el cobro del servicio continuará activo hasta que se regularice la situación.
El documento extra que necesitarán las personas morales
Aquí es donde aparece la diferencia clave. Según el DOF, cuando una línea esté asociada a una persona moral; es decir, empresas, organizaciones o instituciones, será obligatorio presentar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este requisito está establecido en el artículo 18 de los lineamientos y aplica tanto para el alta como para la conservación del servicio.
Además del RFC, se deberá presentar la identificación oficial vigente del representante legal y un documento que acredite su personalidad jurídica. El RFC será validado directamente ante el Servicio de Administración Tributaria, y sin este paso la línea no podrá quedar vinculada de forma válida.
Como también informamos antes, esta obligación forma parte del nuevo esquema aprobado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, que establece que cada línea debe estar asociada de manera formal a una persona física o moral plenamente identificada.
Fechas clave y consecuencias del incumplimiento
El proceso de registro iniciará en enero de 2026 y tendrá como fecha límite junio del mismo año. Según el DOF, una vez vencido el plazo, todas las líneas que no estén vinculadas serán deshabilitadas automáticamente.
La suspensión no implica la cancelación definitiva, pero sí deja la línea limitada exclusivamente a llamadas de emergencia. Para reactivarla, será indispensable completar el registro con todos los documentos correspondientes. En el caso de las personas morales, eso incluye el RFC sin excepción.
Cortesía de Xataka
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