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Si tu patrón no te pagó el aguinaldo antes del 20 de diciembre, está incumpliendo la Ley Federal del Trabajo (LFT) y puedes denunciar y exigir el pago, incluso si ya no trabajas en la empresa. El aguinaldo es un derecho irrenunciable y su omisión conlleva multas y sanciones.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que todas las personas con relación laboral subordinada deben recibir esta prestación, sin excepción por tipo de contrato o antigüedad.
Qué hacer si no te pagan el aguinaldo
Si no recibiste tu aguinaldo, lo primero es saber que tienes hasta un año para reclamarlo, contado a partir del 20 de diciembre. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.
Además, los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado.
También se establece que el empleador puede ser sancionado con multas de 50 a 500 UMA.
Para recibir ayuda puedes acudir a:
- Profedet, que ofrece asesoría legal gratuita
- Centros de Conciliación Laboral
- Tribunales laborales federales o locales, si no hay acuerdo
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Quiénes pueden denunciar y exigir el pago
Pueden presentar la queja:
- La o el trabajador afectado
- Sindicatos
- Federaciones o confederaciones laborales
La denuncia no requiere abogado privado, ya que Profedet te representa sin costo.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.
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