Una cámara puede identificar un automóvil, registrar sus placas y detectar un exceso de velocidad, pero hay algo que no necesariamente puede mostrar: quién estaba al volante. Esa diferencia llegó hasta el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que el pasado 1 de octubre de 2026, resolvió una disputa sobre las fotomultas de Ciudad de México. La decisión deja vigente el sistema y permite que el propietario responda por el pago de una infracción aunque otra persona haya conducido el vehículo.
El caso que abrió la discusión tenía 13 multas por exceso de velocidad. El propietario de uno de los automóviles las impugnó desde junio de 2025 y llevó el asunto hasta la corte. Su argumento partía de una pregunta concreta: si la cámara identifica al vehículo, pero no al conductor, ¿puede la autoridad exigir el pago al dueño sin demostrar que él cometió la infracción?
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