Asimilados a salarios mal timbrados: el SAT podría confundirlos

En México, existen ingresos que para efectos fiscales se tratan igual que un salario, aunque en realidad no exista una relación de patrón y trabajador. Es el caso de los llamados asimilados a salarios, como los honorarios de consejeros, administradores, comisarios, anticipos a socios o quienes optan por este régimen en actividades empresariales o servicios independientes.

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El detalle está en el comprobante fiscal (CFDI). Al expedirlo, debe incluirse el complemento de nómina, pero sin caer en la trampa de llenarlo como si fuera de un trabajador subordinado. Ahí es donde muchos contribuyentes están cometiendo errores.

⚠️ Datos que nunca deben aparecer en un CFDI de asimilados a salarios:

  • ⁠Registro patronal
  • ⁠Número de seguridad social
  • Fecha de inicio de la relación laboral
  • Antigüedad
  • Tipo de jornada
  • Riesgo del puesto
  • Salario Base de Cotización
  • Salario Diario Integrado

Todos estos campos aplican únicamente para empleados con relación laboral formal. Si se incluyen indebidamente, el SAT puede interpretar que sí hay un vínculo de subordinación, lo que abriría la puerta a reclamos de cuotas de seguridad social o incluso conflictos laborales.

La recomendación es simple: revisar cómo están configurados los sistemas de nómina o el software con el que se emiten CFDI. Evitar esos campos es la clave para que los honorarios asimilados a salarios no terminen siendo tratados, erróneamente, como sueldos.

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Cortesía de El Contribuyente



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