Comisiones eliminan retroactividad en Ley de Amparo

La comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados avalaron modificar la minuta a la Ley de Amparo para borrar aquel transitorio aprobado por el Senado que pretendía hacer retroactiva esta ley; no obstante, omitieron incluir alguna otra modificación o propuesta derivada de las audiencias públicas con expertos.

Con 56 votos a favor, 11 en contra y una abstención, la mayoría de Morena y aliados avalaron en casi su totalidad el proyecto enviado por el Senado por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El dictamen fue enviado al Pleno de San Lázaro para su discusión.

El único cambio que se realizó al proyecto proveniente del Senado, fue para eliminar la propuesta del senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara de Morena, quien incluyó en el primer transitorio el texto lo siguiente: “Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”, es decir, está ley será retroactiva.

Mientras que lo demás se mantuvo tal cual lo aprobó la Cámara alta. Según el dictamen, derivado de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, con esta reforma se busca agilizar las promociones del juicio de amparo se realicen por escrito y su presentación puede hacerse de forma electrónica o impresa.

No obstante, otro de los cambios más polémicos y que se mantuvo en el dictamen, es el relacionado con el Artículo 5 de la Ley de Amparo, pues la reforma añade una precisión importante sobre el interés legítimo, al establecer que éste debe traducirse en una lesión real, actual y diferenciada respecto de la colectividad, cuya reparación produzca un beneficio cierto y directo para la persona quejosa.

Según se argumentó, esta modificación busca acotar interpretaciones extensivas que podrían dar lugar a la sobrecarga de juicios de amparo sin fundamento sólido de afectación, pese a que expertos advirtieron que este cambio restringe el acceso a la justicia.

Por otro lado, también la iniciativa también plantea los supuestos expresos en los que no procederá la suspensión cuando se trate de actividades relacionadas con recursos de procedencia ilícita o que puedan afectar gravemente al sistema financiero, ello al argumentar que se dará certeza tanto a las personas quejosas como a las autoridades, en lo que se refiere a la concesión de medidas cautelares, pues establece requisitos más claros, como la acreditación del interés suspensional, la apariencia del buen derecho y la ponderación frente al interés social.

Respecto de las modificaciones al Código Fiscal de la Federación, el documento adiciona supuestos de improcedencia del recurso de revocación, específicamente cuando se trate de créditos fiscales determinados en resoluciones firmes o respecto de determinaciones que resuelvan solicitudes de prescripción sobre esos créditos.

“Albazo”

Durante la discusión en comisiones, diputados de oposición acusaron al bloque del oficialismo de simulación, pues advirtieron que nada de lo que se planteó en las audiencias públicas será tomado en cuenta.

Asimismo, señalaron violaciones al proceso legislativo para dar un “albazo”, pues no fueron transparentados los acuerdos para la discusión de esta minuta. Por ello advirtieron que presentarán diversas reservas en el Pleno.

Cortesía de El Economista



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