¿Cómo describir servicios en una factura sin meterte en problemas con el SAT?

Si facturas servicios, probablemente te has preguntado si debes incluir cantidad, unidad de medida o clase del servicio, como sucede con productos físicos. Esta confusión no es nueva y, durante años, ha generado errores en la emisión de facturas electrónicas (CFDI) que pueden afectar tus deducciones o generar observaciones del SAT.

Todo parte del artículo 29-A, fracción V del Código Fiscal de la Federación, que establece que en las facturas debe señalarse “la cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen”, según señala la consultora Fiscalia.

Desde hace más de una década, especialistas fiscales han interpretado que cuando se trata de servicios, no es obligatorio incluir cantidad ni unidad de medida, ya que por su naturaleza, no aplican. Lo que sí debe hacerse es describir el servicio de forma clara, sin necesidad de tecnicismos, pero con suficientes elementos para que quien recibe la factura (y la autoridad) entienda qué se está cobrando.

En 2013, un tribunal fiscal coincidió con esta interpretación: el requisito legal para los servicios se cumple con una descripción suficiente, no con cantidad ni unidad. Dos años después, en 2015, esta postura se consolidó como jurisprudencia.

Más adelante, en 2017, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) reforzó esta idea en un criterio oficial: cuando se factura un servicio, no debe exigirse una descripción detallada con características como si se tratara de un producto físico. Basta con explicar de forma clara en qué consistió el servicio prestado.

¿La clave? Que no haya duda de lo que se hizo. Fiscalia expone que la descripción debe permitir a cualquier tercero (cliente, autoridad o auditor) hacerse una idea del trabajo realizado. No hace falta poner “1 hora de asesoría” o “3 servicios de mantenimiento” si no tiene sentido hacerlo. Basta con decir, por ejemplo, “servicio de consultoría fiscal del mes de marzo”, “diseño de imagen corporativa para empresa X” o “mantenimiento preventivo a equipos de cómputo”.

Así que si emites facturas por servicios y alguien te dice que están mal por no llevar “cantidad” o “unidad”, ya sabes que no es así. La ley y los criterios legales están de tu lado, siempre que lo que pongas en tu factura sea claro y refleje realmente lo que hiciste.

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Cortesía de El Contribuyente



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