¿Cómo se acredita la ‘fecha cierta’ de documentos electrónicos?

La ‘fecha cierta’ en los documentos es un mecanismo legal que asegura que la fecha de creación o celebración de un documento sea auténtica y verificable frente a terceros, evitando posibles fraudes o alteraciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los documentos privados deben cumplir con este requisito al momento de las facultades de comprobación fiscal para verificar el cumplimiento de las obligaciones del contribuyente.

Requisitos para documentos en papel

Los documentos en papel adquieren fecha cierta en tres escenarios:

  1. Cuando se inscriben en el Registro Público de la Propiedad.
  2. A partir de la muerte de cualquiera de los firmantes.
  3. Al ser presentados ante un fedatario público.

Requisitos para documentos electrónicos

En el caso de documentos electrónicos, además de ser validados con la firma electrónica del emisor o emisores, deben contar con una ‘constancia de conservación de mensajes de datos’. Esta constancia incluye sellos digitales emitidos por un tercero autorizado, según lo establecido en la NOM-151-SCFI-2016.

Fiscalia destaca que esta constancia permite demostrar:

  • La fecha cierta en que el documento fue firmado.
  • La vigencia de cada firma electrónica avanzada al momento de la firma.
  • La imposibilidad de modificar el documento posteriormente.

Criterio Sustantivo 28/2020/CTN/CS-SASEN

Este criterio, aprobado en la Novena Sesión Ordinaria del 29 de octubre de 2020 por la Prodecon, establece que un documento electrónico privado adquiere fecha cierta si:

  1. Está validado con la firma electrónica avanzada de las partes.
  2. Cuenta con una constancia de conservación de mensajes de datos emitida por una autoridad correspondiente.

Cumplir con el requisito de fecha cierta, ya sea en documentos en papel o electrónicos, es esencial para evitar problemas fiscales y garantizar la seguridad jurídica de las partes involucradas. Asegúrate de conocer y aplicar estos lineamientos para estar al día con las normas vigentes.

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Cortesía de El Contribuyente



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