
Desde junio de 2024, el IMSS dejó claro que las prestaciones por alimentación y habitación deben integrarse al salario base de cotización cuando se entregan en efectivo o por depósito bancario. Esto se establece en el nuevo Criterio 02/2024, aprobado por el Consejo Técnico del Instituto.
El mensaje es directo: si no se entregan en especie, como comidas o habitaciones físicas, ese dinero cuenta como parte del salario y debe pagar cuotas de seguridad social.
El IMSS detectó que muchos patrones etiquetan estos apoyos en efectivo como “alimentación” o “habitación” en los recibos de nómina, sin integrarlos al salario base. Pero no hay forma de comprobar que los trabajadores usen ese dinero para comer o pagar renta.
Según el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, estas prestaciones sólo se excluyen del salario cuando se entregan en especie y el trabajador paga por ellas una parte, aunque sea mínima. Dar dinero no cumple con esta condición.
Además, los tribunales ya han confirmado esta postura. La Suprema Corte y otros juzgados han dicho lo mismo: si no es en especie, cuenta como salario.
El IMSS considera indebido:
- Excluir del salario base los depósitos en efectivo etiquetados como alimentos o vivienda.
- Simular descuentos para aparentar que el apoyo fue “oneroso”.
- Asesorar o ayudar a empresas a aplicar estas prácticas.
- Emitir dictámenes limpios en seguridad social si detectan estas conductas.
En realidad, este criterio no trae una novedad legal, pero sí una advertencia clara del IMSS: va en serio. Las empresas deben revisar sus esquemas de compensación y corregir posibles errores, antes de que lleguen las sanciones.
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