De tercer lugar a Magistrada

El proceso electoral extraordinario para elegir al Poder Judicial en México ha concluido. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha desarrollado una ardua labor para resolver más de 5,500 juicios y recursos que, sobre este proceso, se presentaron a lo largo de varios meses.

Un asunto relevante en este tiempo fue el análisis de validez de la elección de las magistraturas de la Sala Regional Monterrey del TEPJF (SUP-JIN-142/2025 y acumulados).

Este caso fue sumamente complejo porque reunió el análisis de un total de 22,800 casillas de votación, en una circunscripción complicada, además de que las demandas presentadas reunían más de 7,000 páginas.

La Sala Superior analizó un conjunto de agravios de diversa naturaleza, presentados por personas candidatas. Como resultado de ese análisis, declaró algunos como infundados, otros como inoperantes, y algunos otros como fundados.

Que algunos de esos agravios fueran fundados fue relevante porque llevó a determinar la recomposición del cómputo y, por ende, a la modificación de las personas candidatas que resultaron finalmente ganadoras de la elección.

En efecto, se consideró que debía anularse la votación recibida en 93 mesas directivas de casilla que se integraron de forma indebida, en cuatro entidades federativas, porque se acreditó que personas no designadas por el INE formaron parte de las mismas.

Respecto de la causal de nulidad de votación por existencia de error en el cómputo, se declararon fundados los agravios respecto de 131 casillas. Ello, porque, entre otras razones, así resultó de la comparación entre los rubros de ciudadanía que votó conforme a la lista nominal, las boletas extraídas de la urna y los votos sacados de la bolsa. Esto arrojó una diferencia que fue igual o mayor a la diferencia de la votación entre el segundo y tercer lugar de mujeres en la casilla.

También resultó fundado el agravio referente a 5 casillas instaladas en el distrito de Matehuala, San Luis Potosí, porque durante la jornada electoral se acreditaron actos de violencia por personas armadas en esos centros de votación, lo que implicó presión al funcionariado y manipulación de boletas; hecho que constituyó una irregularidad grave que afectó el resultado de la votación.

En suma, derivado de este análisis en su totalidad, se actualizó la nulidad de la votación recibida en 229 casillas, por lo cual se ordenó recomponer el cómputo de circunscripción de la elección de las magistraturas.

Este ejercicio de recomposición arrojó un cambio, de manera que la candidata María Guadalupe Vázquez Orozco pasó a ocupar el segundo lugar en la elección de mujeres.

Finalmente, la sentencia confirmó el resultado de la elección de hombres y declaró la validez de la elección de las magistraturas de la Sala Regional Monterrey.

Ante la recomposición del cómputo y el cambio en las personas ganadoras que recibieron las constancias de asignación, se ordenó al consejo general del INE que, previa verificación del cumplimiento de los requisitos respectivos, entregara la constancia de mayoría a la entonces candidata Vázquez Orozco.

Fue así como la Sala Superior del TEPJF garantizó la integridad y validez de la elección de la Sala Regional Monterrey, cuya integración tomó protesta el pasado 1 de septiembre ante el Senado de la República, y que impartirá justicia electoral, en el ámbito de sus competencias, por los próximos ocho años.

*El autor es magistrado electoral del TEPJF

Cortesía de El Economista



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