
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que el 31 de julio es la fecha límite para enviar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) en su versión anterior. A partir del 1 de agosto, todas las personas físicas y morales obligadas deberán utilizar exclusivamente la nueva plataforma; la anterior dejará de operar de manera definitiva.
¿Por qué cambia la DIOT?
La DIOT es clave para el control del Impuesto al Valor Agregado (IVA): ahí se reportan operaciones con proveedores y clientes, así como los impuestos trasladados y acreditables. El cambio forma parte del proceso de modernización tecnológica del SAT, pensado para ofrecer sistemas más seguros, ágiles y compatibles con los estándares actuales de intercambio de información.
Lo nuevo de la plataforma
- Carga de datos simplificada y guiada.
- Validaciones automáticas que reducen errores de captura.
- Material de apoyo: manuales, guías y tutoriales disponibles en el portal del SAT.
Fechas y acciones clave
Fecha | Acción necesaria | Riesgo si no se cumple |
---|---|---|
Hasta el 31 de julio | Enviar pendientes en la versión anterior de la DIOT | Imposibilidad de usar el sistema viejo después de esa fecha |
Desde el 1 de agosto | Presentar la DIOT exclusivamente en la nueva plataforma | Rechazos o retrasos en la validación de la información |
Recomendaciones del SAT
Para evitar contratiempos, el SAT sugiere:
- Revisar que no existan declaraciones pendientes en la versión anterior antes del 31 de julio.
- Actualizar sistemas contables para generar archivos en el nuevo formato.
- Verificar requisitos técnicos (navegadores compatibles, certificados vigentes, conexión estable).
¿Qué pasa si no te adaptas?
La autoridad fiscal podría rechazar el envío o demorar la validación de tu información. El incumplimiento genera riesgos operativos y potenciales observaciones fiscales que pueden traducirse en sanciones.
“La nueva plataforma facilita el cumplimiento: automatiza revisiones y reduce errores, pero requiere que los contribuyentes se preparen con tiempo.”
Ante cualquier duda, conviene consultar los manuales publicados por el SAT, validar credenciales de acceso y hacer pruebas de carga antes del cambio definitivo.
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Cortesía de El Contribuyente
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