Diputados avalan prohibir la venta de bebidas energéticas a menores de edad

Por unanimidad de votos, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló diversas modificaciones a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar la venta y suministro de bebidas energéticas a personas menores de 18 años, en establecimientos comerciales y mercantiles.

Con 401 votos a favor de todas las bancadas, la Cámara baja aprobó adicionar la fracción II Bis al artículo 215, adiciona el artículo 216 Ter y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, para establecer que quienes incumplan con dicha prohibición, serán sancionados en los términos previstos en el artículo 419 de esta Ley, es decir, con una multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a 226,280 pesos.

Te puede interesar

Este dictamen fue enviado a la Cámara de Senadores para su eventual análisis y discusión.

De igual forma, se define a las bebidas energéticas como las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares y las cuales serán determinadas por la Secretaría de Salud, conforme a la Norma Oficial Mexicana en la materia y estándares internacionales reconocidos.

En una modificación de último momento, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reserva presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila (Morena), autor de esta iniciativa, para plantear que será la Secretaría de Salud la que establecerá las diferentes categorías de bebidas energéticas en la Norma Oficial Mexicana, a fin de catalogar las que ameriten restricciones de consumo en determinadas poblaciones, alertas sanitarias específicas o restricciones para su publicidad o comercialización.

“Esta clasificación será compatible y armonizada con las definiciones establecidas en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; la prohibición será aplicable a las categorías de bebidas energéticas que la Secretaría de Salud determine en la Norma Oficial Mexicana correspondiente como de alto riesgo para menores de edad; y los establecimientos comerciales deberán verificar la mayoría de edad mediante identificación oficial válida antes de efectuar la venta”, señala la modificación aprobada.

Mientras que en los artículos transitorios se establece que la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General, desarrollará campañas informativas sobre los riesgos del consumo de bebidas energéticas en menores Y grupos vulnerables, las cuales deberán implementarse en un plazo no mayor a 12 meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

De acuerdo con esta reforma, el consumo de bebidas energéticas ha aumentado de manera considerable en los últimos años, impulsado por campañas publicitarias orientadas principalmente a jóvenes y por el fácil acceso a estos productos en el mercado. Estas bebidas contienen altas dosis de cafeína, azúcares y otros aditivos que alteran la actividad del sistema nervioso representando riesgos a la salud cuando se ingieren de forma recurrente, destacando su relación con trastornos cardiovasculares y metabólicos.

También, trastornos neurológicos y psicológicos: ansiedad, insomnio, convulsiones, alucinaciones; alteraciones metabólicas: obesidad, resistencia a la insulina, diabetes tipo 2, y daños renales, dentales y gastrointestinales. Aunado a que se advirtió que los efectos se agravan cuando las bebidas se consumen en combinación con alcohol o durante actividad física intensa, lo cual es común entre adolescentes.

Además de que menciona que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido sobre los riesgos del consumo excesivo de azúcares y cafeína, recomendando limitar su ingesta, especialmente en menores de edad.

Publicidad “engañosa” incita su consumo

Durante la discusión de este dictamen, la diputada de MC, Amancay González Franco, reconoció que el prohibicionismo de productos puede ocasionar un mercado negro, por lo que llamó a no sólo aprobar esta iniciativa, sino a regular la publicidad engañosa, que es la que está incitando al consumo irresponsable, aunado a que la empresa tiene que comunicar claramente el uso de su producto y las consecuencias que tiene.

“Lo peligroso de esto es que el 43 % de las personas que consumen bebidas energéticas lo hacen mezclándolas con alcohol, provocando un choque en el sistema nervioso”, añadió.

En el mismo sentido, el diputado del PAN, José Iñiguez Franco, recalcó que hay una propaganda agresiva dirigida a menores de edad que aprovecha la falta de regulación y vincula las bebidas energéticas con el deporte de alto rendimiento, la diversión sana y la popularidad social para pertenecer a un grupo, lo que ha permitido el consumo excesivo de estas bebidas.

Finalmente, el diputado de Morena, Jesús Emiliano Álvarez, recalcó que las bebidas energéticas se publicitan como inofensivas, pero esconden detrás de ellas una serie de riesgos que ponen en juego el desarrollo no solo físico, sino mental y emocional de las personas, contienen elevados niveles de azúcar, cafeína, entre otras sustancias estimulantes.

“También se asocia con el desarrollo de adiciones y con cambios de conducta que oscilan entre la euforia y la depresión. El riesgo no es teórico, casos de menores que enfrentan crisis de ansiedad, problemas de insomnio o trastornos en la concentración ya se observan en el ámbito escolar, familiar. En las escenas más graves la ingesta de estas bebidas en combinación con alcohol o actividad física intensa puede derivar en consecuencias fatales”, destacó.

Cortesía de El Economista



Dejanos un comentario: