
Cada año, el 1 de septiembre el Presidente de la República entrega su informe ante el Congreso. Este año será el primer informe de la presidenta Claudia Sheinbaum. Aunque la fecha tiene gran relevancia política, en lo laboral, fiscal y financiero no es un día inhábil, según reporta Fiscalia.
En materia laboral
La Ley Federal del Trabajo no lo contempla como día de descanso obligatorio. Esto significa que los empleados que trabajen esa fecha recibirán su salario normal, sin pago adicional como ocurre en días festivos oficiales.
En materia fiscal y financiera
El Código Fiscal de la Federación no lo considera inhábil, por lo que los plazos fiscales corren con normalidad.
Tampoco la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ni las disposiciones publicadas para 2025 lo marcan como día de cierre, de modo que los bancos y entidades financieras trabajan de manera regular.
En tribunales
Ni la Suprema Corte ni el Tribunal Federal de Justicia Administrativa lo señalan como día inhábil. Solo la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) lo marca como no laborable en su propio calendario.
Te puede interesar
El SAT ya reconoce el “dinero móvil” como medio válido de pago deducible
Programa 2025–2030 de PRODECON: promesas, límites y lo que debes vigilar
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.
Cortesía de El Contribuyente
Dejanos un comentario: