El SAT falla: rechaza documentos válidos y deja trámites sin acuse, alertan empresas

En los últimos meses, despachos contables y empresas han enfrentado una situación que se repite una y otra vez: el sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT) está rechazando documentos válidos, no genera acuses y deja a los contribuyentes en un estado de indefensión frente a obligaciones clave del Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.

El problema no radica en la documentación, ni en la calidad de los archivos enviados. El obstáculo es el propio sistema del SAT.

Un sistema que rechaza lo que sí cumple

Durante la Tercera Reunión con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, se documentaron fallas constantes en el minisitio destinado a presentar avisos de socios, accionistas y beneficiarios controladores. Los problemas más frecuentes incluyen:

  • Rechazo por “documentos no legibles”, aun cuando se adjuntan PDFs claros y digitalizados.
  • Observaciones por información “inexistente”, pese a estar completa y correctamente cargada.
  • Cierre de sesión por supuesta inactividad, aunque el usuario esté operando normalmente.
  • Envíos sin acuse, sin folio y sin trazabilidad, lo que deja al contribuyente sin prueba de cumplimiento.

Estas fallas técnicas colocan a los contribuyentes en riesgo real de multas y, en casos extremos, de suspensión de sellos digitales.

La petición formal de los síndicos del contribuyente

Ante la gravedad de los casos, los síndicos presentaron tres solicitudes principales al SAT:

Solicitud Objetivo
Revisión técnica integral Corregir lectura de PDFs, validaciones, estabilidad del sistema y generación correcta de acuses.
Canal técnico especializado Ofrecer guía, seguimiento y folios para incidentes.
Medios alternativos temporales Permitir el cumplimiento vía correo institucional, Buzón Tributario o Mi Portal mientras se solucionan las fallas.

El argumento de fondo es claro: los fallos del sistema no pueden poner en riesgo el cumplimiento de obligaciones fiscales.

El marco legal que exige cumplimiento

Recordaron que estas obligaciones están sustentadas en:

  • Artículo 27, Apartado B, Fracción VI del CFF.
  • Artículo 27, Apartado A, Fracción II del CFF.
  • Regla 2.4.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Ficha de trámite 295/CFF.

Por ello, los síndicos enfatizaron que ninguna falla técnica del SAT debe convertirse en un obstáculo o riesgo de sanción para quienes sí intentan cumplir correctamente.

Lo que respondió el SAT

El SAT emitió recomendaciones técnicas para el uso del minisitio, indicando que:

  • Debe utilizarse Firefox 94.0.1 o superior, con ventanas emergentes habilitadas.
  • Se debe capturar información accionaria completa y con fechas coincidentes.
  • Los documentos deben presentarse en PDF digitalizado: instrumentos notariales, identificaciones, forma 96, poderes, entre otros.
  • La baja de representantes legales debe realizarse en Mi Portal, dentro del apartado SOCC_ACC_RL.

También recomendaron consultar la guía oficial disponible en su página web.

Sin embargo, pese a estas recomendaciones, la problemática confirma que existe un riesgo latente: empresas y despachos podrían caer en incumplimiento involuntario debido a fallas ajenas al contribuyente.

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Cortesía de El Contribuyente



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