Con el cierre del año y la llegada del aguinaldo, muchos trabajadores en México vuelven a hacerse la misma pregunta: ¿el SAT me va a quitar parte del pago? La respuesta corta es sí, pero no porque haya un nuevo impuesto. Según un reporte de El Sol de México, el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre el aguinaldo no es una disposición nueva para 2025, sino una regla vigente desde hace décadas, actualizada en 2017 cuando la Ley del ISR (LISR) cambió su referencia del salario mínimo a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El artículo 93, fracción XIV de la LISR establece que el aguinaldo está exento de ISR hasta un monto equivalente a 30 veces el valor diario de la UMA y que el excedente se grava con el impuesto correspondiente. Para 2025, la UMA fijada por el INEGI es de 113.14 pesos diarios, lo que significa que solo los primeros 3,394.20 pesos de tu aguinaldo estarán libres de impuestos.
Cada año la UMA cambia conforme a la inflación, por lo que el monto exento también aumenta o disminuye ligeramente. En 2024, por ejemplo, la exención era de 3,257.10 pesos; este año subió un 4.2%, según el reporte. La confusión surge porque muchos titulares presentan esta actualización como si se tratara de un nuevo gravamen, pero en realidad se trata del mismo mecanismo fiscal que lleva años aplicándose.
¿A quiénes sí les descontará el SAT parte del aguinaldo?
De acuerdo con El Imparcial, el SAT aplicará ISR a todos los trabajadores formales que reciban más de $3,394.20 pesos de aguinaldo. El impuesto no se aplica al total, sino únicamente al excedente. Por ejemplo, si recibes 6,000 pesos, los primeros 3,394.20 están libres de impuestos y los 2,605.80 restantes sí pagarán ISR.
El monto del descuento depende de la tarifa de ISR que te corresponde según tus ingresos. En casos promedio, el gravamen sobre ese excedente puede representar entre el 10% y el 20%. El impuesto aplica a todas las personas físicas con ingresos por sueldos o salarios, tanto del sector público como privado, y se retiene automáticamente por el empleador. No hay que hacer ningún trámite adicional: el descuento aparecerá directamente en tu recibo de nómina.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en su artículo 87 que todo trabajador formal tiene derecho a recibir al menos 15 días de salario como aguinaldo, pagados a más tardar el 20 de diciembre. Si no se cumplió el año completo, debe entregarse de forma proporcional.
Un trabajador con salario mínimo general (278.73 pesos diarios en 2025) debería recibir al menos 4,180.95 pesos de aguinaldo. En ese caso, casi 800 pesos quedarían sujetos a ISR. En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el salario mínimo es de 417.51 pesos, el aguinaldo mínimo rondaría los $6,262.65 pesos, lo que implica una mayor retención.
Propuestas para cambiar la ley (y por qué no han avanzado)
Aunque el descuento no es nuevo, sí existen iniciativas para eliminarlo. Como anteriormente reportamos en Xataka México, el Partido Acción Nacional (PAN) propuso en octubre de 2025 la iniciativa “Aguinaldo completo”, que busca aumentar el pago obligatorio a 40 días y eliminar el ISR para quienes ganen menos de 18,000 pesos mensuales.

El diputado Armando Tejeda Cid argumentó que “es inaceptable que el gobierno se quede con hasta el 30% de esta prestación”. Sin embargo, no hay cambios legislativos aprobados para este año, por lo que el cobro del ISR sobre el aguinaldo sigue vigente.
Lo que puedes hacer para no llevarte sorpresas
El SAT no te “quitará” más de lo que marca la ley, pero sí conviene revisar tus recibos y planificar tus finanzas. El cálculo del ISR se suma a tus ingresos mensuales y se aplica bajo una tarifa progresiva, que va del 1.92% al 35% dependiendo de tu nivel salarial. Antes de que llegue diciembre:
- Consulta con tu área de Recursos Humanos cuánto te corresponde de aguinaldo y cuál será tu retención.
- Verifica tus recibos de nómina para confirmar el desglose del ISR.
- Usa la calculadora del SAT (sat.gob.mx) para estimar cuánto te descontarán.
Cortesía de Xataka
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