
La iniciativa de reformas a la legislación secundaria en materia de amparo propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo “tiene cosas buenas, malas y muy preocupantes”, resumió Melissa Ayala García.
Litigante del despacho Ayala Arsipreste y Asociadas, explicó que entre lo bueno del proyecto presidencial destacan los cambios para mejorar el amparo digital, aunque aclaró que la figura no es nueva.
Durante el segundo y último día de la audiencia pública organizada por la Cámara de Senadores para analizar la iniciativa referida, en que hubo 20 participantes, advirtió de dos propuestas de modificación preocupantes: la relativa a la ampliación de la demanda y los cambios al cumplimiento y ejecución de sentencias.
Cualquier restricción en el juicio de amparo, que protege los derechos de los mexicanos, dijo, tiene que analizarse con el mayor rigor posible.
La propuesta, aseguró, pretende acotar el amparo al señalar que solamente se podrá ampliar la demanda en los supuestos taxativamente previstos, es decir, sólo los que se prevean de manera explícita y al añadir que los actos relacionados sólo podrán incorporarse si no eran de conocimiento del quejoso al presentar la demanda inicial.
“Este cambio convierte la ampliación de la demanda en un mecanismo rígido y formalista. La reforma no está simplificando el amparo o brindando agilidad”, afirmó.
Exmagistrado y exjuez de Distrito, Juan Pablo Gómez Fierro opinó que los cambios propuestos repercuten en la eficacia del juicio de amparo, aunque reconoció como un acierto la modernización del juicio de amparo en línea.
Advirtió de algunos “aspectos preocupantes’’ como el “interés legítimo’’ que, dijo, ha sido el principal mecanismo encontrado para la protección de derechos colectivos o de naturaleza difusa a través de colectivos o asociaciones civiles.
Consideró que difícilmente el juicio de amparo podría ser un mecanismo de protección de derechos humanos si no tuviera el mecanismo de la suspensión.
“Sin suspensión, el juicio de amparo carece de eficacia protectora en relación con los derechos de las personas”.
Es preocupante, amplió, dotar a ciertas autoridades de una especie de inmunidad respecto de las suspensiones.
“Yo mismo he sido investigado por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) por el sentido de mis resoluciones como juzgador y no necesariamente porque existiera algún elemento que revelara un acto ilegal”.
“Indefensión”
Por su parte, Gabriel Pérez Ríos, presidente de la Asociación de Bancos de México (ABM), alertó en el sentido de que la propuesta deja en estado de indefensión a los gobernados y debilita los incentivos para dar cumplimiento al fallo protector del amparo.
Al manifestarse a favor de la enmienda legal, Jaime Cárdenas Gracia, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, planteó la necesidad de no sólo tener una visión interna del juicio de amparo, sino externa y explicó que la reforma propuesta deriva o es una consecuencia de la reforma judicial.
“Está claro que ha habido un abuso del amparo fiscal. Cuando hay créditos fiscales firmes producto de una sentencia todavía los contribuyentes quieren seguir pleiteando con la hacienda pública. A eso hay que ponerle un límite. Si ya hubo cosa juzgada se tiene que pegar a la hacienda pública…
“Hemos visto también que el crimen organizado, la delincuencia de cuello blanco ha abusado de la figura de la suspensión provisional para desbloquear cuentas o para proteger empresas fantasma para proteger transacciones donde hay presunción de lavado de dinero”, expresó.
Cortesía de El Economista
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