
La Semana Santa es una de las celebraciones religiosas más significativas dentro del cristianismo, ya que conmemora la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesús de Nazaret. Este período de intensa actividad litúrgica comienza el Domingo de Ramos y concluye el Sábado Santo, siendo el núcleo el llamado Triduo Pascual, que incluye el Jueves Santo, el Viernes Santo, el Sábado Santo y el Domingo de Pascua.
Para 2025, la Semana Santa se celebrará entre el 17 y el 18 de abril. Durante estos días, diversas empresas, entidades gubernamentales e instituciones financieras ajustan sus actividades, por lo que es esencial conocer los días oficialmente considerados hábiles e inhábiles, así como los efectos de estas suspensiones en obligaciones fiscales y laborales.
Impacto laboral de la Semana Santa 2025
Según el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el mes de abril no se contemplan días de descanso obligatorio. Esto significa que los días de Semana Santa no son, por ley, de descanso forzoso para los trabajadores.
No obstante, si en los contratos individuales o colectivos se establece el descanso durante Semana Santa, el patrón deberá pagar, además del salario correspondiente, un salario doble adicional por el servicio prestado en un día de descanso obligatorio, conforme al Artículo 75 de la LFT.
En cada caso particular, será importante revisar las condiciones laborales aplicables en cada empresa o institución.
Efectos fiscales de la Semana Santa
El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los días en que las autoridades fiscales federales tengan vacaciones generales deben considerarse inhábiles, salvo para la presentación de declaraciones y pagos de contribuciones.
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal, los días 17 y 18 de abril de 2025 son considerados inhábiles para el cómputo de plazos fiscales, excepto para efectos de declaraciones y pagos, que se deberán realizar en tiempo y forma.
Impacto financiero en bancos y entidades financieras
Según las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2024, las entidades financieras cerrarán operaciones los días 17 y 18 de abril de 2025.
Esto implica que bancos, casas de bolsa y demás instituciones reguladas suspenderán actividades en esas fechas, por lo que se recomienda anticipar trámites financieros importantes.
Aspectos procesales durante Semana Santa
Institución | Días inhábiles |
---|---|
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) | Del 16 al 18 de abril de 2025 |
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) | 17 y 18 de abril de 2025 |
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) | No contempla días inhábiles en Semana Santa |
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y la PRODECON suspenden actividades durante estos días, afectando la tramitación de procedimientos fiscales y administrativos.
Resumen de recomendaciones
- Verifica si tu empresa o contrato laboral contempla días de descanso en Semana Santa.
- Cumple en tiempo y forma con tus obligaciones fiscales, ya que los días 17 y 18 de abril son inhábiles para plazos, pero hábiles para declaraciones y pagos.
- Planea con anticipación cualquier trámite bancario o financiero para evitar contratiempos.
- Considera los días inhábiles en procedimientos fiscales o administrativos ante TFJFA y PRODECON.
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Cortesía de El Contribuyente
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