Facebook, WhatsApp e Instagram son las plataformas donde más ocurre el ciberacoso en México: 22% de los usuarios lo han vivido

Insultos, burlas, amenazas y difamación son algunos tipos de agresiones que se pueden sufrir en medios digitales. Conforme el uso del internet ha ido aumentando, la cantidad de personas que sufren estas agresiones, conocidas como ciberacoso, también crece. El INEGI informó que tan solo en 2024, más de 18.9 millones de mexicanos reconoció haber sido víctima en algún momento del año. Los principales canales para estas agresiones son las redes sociales.

En un país cuyas leyes de defensa digital siguen en construcción, la mayoría de alternativas que se ofrecen son dirigidas a las víctimas, en lugar de a los agresores o al gobierno. En el 70% de los casos, el ciberacoso viene de alguien que la víctima conoce en la vida real.

Si bien los delitos digitales no son ninguna novedad, con casos de fraude, robo de identidad y hackeos de sistemas, la diferencia con el ciberacoso reside en el objetivo. UNICEF define al ciberacoso como “un comportamiento que se repite y que busca atemorizar, enfadar o humillar a otras personas”, por lo que actos como robo de información o incluso extorsiones no entran en esta categoría. Esta diferenciación hace difícil establecer normativas para calificarlo como un delito, y a su vez para establecer sanciones eficientes.

Es sabido que la niñez y adolescencia son las etapas en que más susceptibles somos al acoso y ciberacoso, aunque también hay casos en que las agresiones derivan de compañeros de trabajo, familiares o vecinos. Los más extremos, pero a la vez los más difíciles de rastrear, son los casos en que la víctima ni siquiera conoce al acosador, pues se les contacta directamente en línea, pudiendo estar a miles de kilómetros de distancia y nunca haberse conocido.

De acuerdo con un artículo de la Cnavim (Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres), hay al menos 8 tipos de acoso cibernético:

  1. Insultos electrónicos: ofensas que algún o alguna usuaria hace a otro.
  2. Hostigamiento: envío de mensajes ofensivos de forma reiterada a una persona determinada, ya sea por medio del correo electrónico, chats, mensajes de texto, redes sociales, etc.
  3. Denigración: difusión de información despectiva o falsa de alguna persona, como es el caso de la publicación de fotografías alteradas (deepfake).
  4. Suplantación: el o la acosador se hace pasar por la víctima, ya sea utilizando la contraseña de acceso de sus cuentas online para enviar mensajes agresivos      u ofensivos o terceras personas como si hubieran sido enviados por la propia víctima.
  5. Sonsacamiento: revelar información, fotos o video privados de la víctima que en un principio fueron enviados por la víctima de forma privada o sonsacada para después difundirla a otras personas sin su permiso.
  6. Exclusión: se realiza con la finalidad de excluirla o no dejarla participar.
  7. Ciberpersecución: envío de comunicaciones electrónicas reiteradas hostigadoras y amenazantes.
  8. Happy slapping: una agresión física que se graba por algún medio digital      para ser publicado en la red y sea público.

Durante el 4º Foro Universitario contra la Violencia Digital, organizado por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), se reveló que el 30% de las mujeres ciberacosadas se ubican entre los 20 y los 29 años. Respecto al total de víctimas, cerca del 70% oscila entre 15 y los 24 años, es decir, adolescentes y jóvenes.

Restringir desde la adolescencia

Una gran parte de las personas que sufren ciberacoso son estudiantes, pues se traslada la dinámica de bullying de los salones a las rede sociales, es por ello que se han tomado diferentes medidas para reducir el fenómeno. En 2024, Brasil se convirtió en el primer país en prohibir el uso de teléfonos móviles en las escuelas de nivel primaria y secundaria. En este país, la medida contaba con el apoyo del 82% de los padres de familia. Aunque la prohibición tuvo un objetivo principalmente educativo y de combatir el déficit de atención, se estableció que los beneficios también impactarían los índices de ciberacoso.

Por su parte, Australia aprobó restringir acceso a redes sociales a menores de 16 años desde noviembre del 2024. Actualmente se encuentra en diálogos para decidir si YouTube debe entrar en la prohibición, pues algunos sectores la consideran una plataforma de bajo riesgo. De nuevo, la principal motivación es académica (con impacto en el ciberacoso), por lo que la medida ha recibido fuertes críticas de parte de las propias redes sociales, Meta y Google han pedido un periodo de adaptación a esta medida, que entrará en vigor a finales de este año.

También se analizan las repercusiones negativas de esta prohibición, al considerar que podría terminar por aislar a los niños y adolescentes del desarrollo tecnológico, dejándoles en rezago frente a otros países.

México contra el ciberacoso

En nuestro país, el estado de Querétaro adoptó la medida de Brasil, prohibiendo directamente el uso de teléfonos móviles en los salones. A mediados de julio del 2025, el gobernador Mauricio Kuri aseguró que esta medida ya estaba dando resultados: “Ya tengo datos… donde en la escuela la concentración ha subido, el bullying ha bajado fuertemente y el entendimiento del estudio ha mejorado muchísimo”, aseguró el gobernador.

En el mismo estado, la Universidad Autónoma de Querétaro hizo pública la expulsión de tres estudiantes en lo que va del año, quienes fueron identificados como acosadores digitales de sus compañeros. En este entorno, el principal tipo de acoso fue la difusión de imágenes íntimas sin el consentimiento de las personas retratadas, acto que ya es condenado en México bajo la Ley Olimpia.

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El ciberacoso aún carece de sanciones claras. En 2023, la diputada Berenice Martínez Díaz presentó una propuesta para tipificar el delito de ciberacoso a nivel nacional. Se propuso sancionar con penas de dos a cuatro años de prisión. A finales del 2024, Martínez Díaz presentó la misma propuesta, esta vez dirigida solo al estado de Nuevo León.

Para Puebla, a mediados de junio del 2025 se incorporó a su Código Penal la Ley de Ciberseguridad, que establece tres nevos delitos: ciberasedio, espionaje digital y usurpación de identidad. Se contemplan penas desde 11 meses hasta tres años de cárcel. La nueva ley ha desatado polémica nacional debido a que una parte de la población, incluido el Gobierno Federal, temen que sea una ley que propicie la censura más que evitar el ciberacoso.

Llegada de Ley Olimpia

Un nivel más allá del ciberacoso, está la violencia digital, catalogada como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación para exponer, distribuir, exhibir, transmitir, intercambiar o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento.

La necesidad de erradicar este delito dio origen a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, conocida como Ley Olimpia, que entró en vigor para todo el país en junio del 2021. Quienes difundan contenido de esta clase, podrán enfrentar desde cinco hasta ocho años de prisión, además de multas de 100 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización.

Ley Olimpia

Cabe aclarar que esta ley también contempla que varones pueden ser víctimas de este delito, en cuyo caso las sanciones serán iguales para quienes distribuyan el contenido. Aún con las medidas establecidas por la Ley Olimpia, solo el 6% de los casos llega ante un juez en la Ciudad de México.

El deepfake, casi imposible de prevenir

El problema se agudiza con el progreso de las Inteligencias Artificiales (IA) y el deepfake, pues, aunque en estricto sentido el contenido sexual producido no sería original de la víctima, el Código Penal Federal menciona verbos como: divulgar, compartir. distribuir, publicar, videograbar, audiograbar, fotografiar, imprimir, elaborar, alterar o manipular. Aún se trabaja en que este tipo de contenido pueda ser penado.

El deepfake sexual ocurre cuando se combina la imagen y/o voz de una persona con contenido explícito sexual, o bien se genera desde cero de manera digital con la intención de parecerse a una persona en particular. En Corea del Sur este contenido ya se encuentra contemplado como delito, con penas no solo para quien lo genere y distribuya, sino también para quien lo posea. Tan solo en 2024, se registraron más de 800 delitos de esta clase, con 66 detenidos que no sobrepasaban los 14 años de edad. Las penas pueden llegar a los tres años de cárcel.

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El deepfake se ha vuelto cada vez más común con el desarrollo de softwares de IA que pueden ser entrenados con contenido original de una persona para imitar sus gestos, voz y apariencia en reproducciones semiautomáticas. Se usa no solo para ciberacoso y violencia digital, sino también para estafar y engañar a personas al hacerles creer que alguien que conocen les hace alguna petición.

Asociaciones o medios de denuncia

Hasta la fecha la mayoría de medidas contra el ciberacoso y la violencia digital están dirigidas a las víctimas, a modo de recomendaciones para prevenir serlo, como evitar hacer publicaciones con información personal, verificar la información antes de compartirla, instalar softwares protectores para computadoras y celulares, y evitar participar de la difusión de contenido que puede dañar moralmente a otros.

En caso de ser víctima de estos delitos, puedes reportarlos con la Policía Cibernética de la Comisión Nacional de Seguridad al número 088, que está disponible todo el día, todos los días año. También puedes realizar denuncias a través de la cuenta de Twitter @CNAC_ GN, o el correo [email protected] y de la aplicación PF Móvil, disponible para todas las plataformas de telefonía celular.

Además, la mayoría de redes sociales tiene mecanismos de denuncia para reportar agresiones y actos de ciberacoso en las siguientes redes sociales.

Cortesía de Xataka



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