Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) son instituciones financieras que gestionan y hacen crecer el dinero que los trabajadores mexicanos ahorran para su jubilación. Pero, ¿qué ocurre con esos recursos si el titular fallece?
Los recursos de una cuenta Afore son heredables y pueden ser reclamados por los beneficiarios legales o los designados, en cumplimiento con la Ley del Seguro Social (LSS) y la normativa vigente.
¿Quién puede heredar una cuenta Afore?
Beneficiarios legales
De acuerdo con la LSS, los beneficiarios legales tienen derecho a recibir una pensión y, en algunos casos, los recursos de la cuenta individual. El orden de prelación es el siguiente:
- Cónyuge sobreviviente: Viuda o viudo del trabajador.
- Hijos menores de 16 años: O mayores si están incapacitados o estudiando dentro de los límites legales.
- Concubina o concubinario: Aplica solo si no hay cónyuge.
- Ascendientes económicos: Padres que dependían económicamente del trabajador.
Beneficiarios designados
Desde la reforma a la LSS en vigor desde el 1 de enero de 2021, los recursos que no se destinen a una pensión pueden ser reclamados por las personas que el titular haya designado en su Afore, en la proporción establecida.
Pasos para reclamar los recursos
- Obtén la resolución de pensión: Los beneficiarios legales deben acudir a la Subdelegación del IMSS para obtener este documento que los acredite como beneficiarios.
- Realiza la solicitud en la Afore: Presenta la documentación necesaria y llena el formato de disposición de recursos en la Afore del trabajador fallecido.
- Recibe los fondos: Una vez aprobada la solicitud, la Afore liberará los recursos en una sola exhibición, dependiendo del régimen pensionario aplicable.
¿Y si no tienes derecho a pensión?
Si no cumples los requisitos para obtener una pensión, podrás reclamar la totalidad de los recursos acumulados en la cuenta Afore del fallecido.
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Cortesía de El Contribuyente
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