En 16 alcaldías de la Ciudad de México y 18 municipios del Estado de México, se implementó el programa Hoy No Circula, que limita el tránsito de diferentes automóviles, dependiendo del color del engomado, número de holograma de verificación y el último dígito de las placas, según el día de la semana.
Vigente de lunes a sábado en un horario de 5:00 a 22:00 horas, el Hoy No Circula tiene el objetivo de reducir las emisiones contaminantes en el Valle de México. Los vehículos que tienen prohibido transitar este martes 2 de septiembre son todos aquellos que tengan engomado color rosa, cuyo último dígito de la placa de circulación sea 7 u 8 y con holograma de verificación “1” y “2”, de acuerdo con las limitaciones establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente de la CDMX (Sedema).
Los automóviles que están exentos de adherirse al programa, sin tomar en cuenta a un amplio grupo de vehículos, son todos los que cuenten con hologramas “00” y “0”. El primero, es un “reconocimiento” para los automotores cuyo desempeño ambiental es superior al establecido en la regulación nacional vigente, tal y como exponen las autoridades de la Sedema en su página web.
¿Qué requisitos debe cumplir mi auto para tener holograma “00”?
Si tu automóvil es impulsado por gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo e híbridos categoría III, este deberá tener un rendimiento mayor o igual a 16 kilómetros por litro y deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
- Vehículos con límites máximos de emisión iguales o menores a los establecidos en la regulación Tier 2 Bin 5 americana.
- Unidades con emisiones máximas de 0.045 g/km para hidrocarburos no metano, 2.11 g/km para monóxido de carbono y 0.031 g/km para óxidos de nitrógeno con durabilidad de 80,000 kilómetros y emisiones evaporativas máximas de 2.0 g/prueba
- O, vehículos con límites máximos de emisión iguales o menores a los establecidos en la regulación Euro 5 europea.

¿Qué otros vehículos están exentos del programa Hoy No Circula?
- Vehículos que porten Constancia tipo “Permiso Especial para Circular“, siempre y cuando transporten a personas con discapacidad.
- Vehículos que porten Constancia tipo “Autorregulación”, que participen en el Programa de Autorregulación Ambiental de vehículos a diésel o para impulsar la electromovilidad en vehículos ligeros.
- Vehículos híbridos categoría I y II con motores de propulsión a gasolina y eléctrico.
- Vehículos con matrícula de auto antiguo y/o clásico.
- Vehículos que porten los oficios de Ampliación al Periodo de Verificación Vehicular, en la vigencia establecida en dicho oficio, emitidos por la Secretaría.
- Tractores agrícolas.
- Vehículos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.
- Vehículos que porten holograma “EXENTO”.
- Vehículos que porten placas para personas con discapacidad.
- Maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera.
- Motocicletas.
- Vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 400 kilogramos.
- Vehículos eléctricos.
- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “00” por dos años, salvo cuando exista contingencia ambiental atmosférica por contaminantes y la CAMe emita restricciones a la circulación para alguno de los casos referidos.
- Vehículos que porten en lugar visible oficio emitido por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, para exentar las limitaciones a la circulación.
- Automotores con matrícula de demostración y traslado.
- Vehículos que porten Constancia de Verificación y holograma tipo “0“, por seis meses, salvo cuando exista contingencia ambiental atmosférica por contaminantes y la CAMe emita restricciones a la circulación para alguno de los casos referidos.
- Vehículos que porten Pase Turístico Metropolitano, dos veces por semestre por siete días, una vez por semestre por 14 días, Vehículos que porten Pase Turístico Paisano durante la activación de puentes largos oficiales y durante la activación del Programa Paisano.
Cortesía de El Heraldo de México
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