
La propuesta de adicionar el artículo 30-B al Código Fiscal de la Federación, incluida en el Paquete Económico 2026, abrió una polémica inmediata en la industria tecnológica y en la sociedad civil.
El texto obligaría a los prestadores de servicios digitales a dar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceso “permanente, en línea y en tiempo real” a sus sistemas y registros. En caso de incumplimiento, el SAT podría ordenar el bloqueo de la plataforma a través de concesionarios de telecomunicaciones.
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La medida se justifica como un instrumento para mejorar la fiscalización en la economía digital, pero diversas organizaciones la consideran desproporcionada y violatoria de derechos humanos. A nivel regional, la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) ya la calificó como “inconstitucional y desproporcionada” y pidió abrir un proceso de consulta pública y diálogo técnico antes de que se vote en el Congreso .
Industria en México
En México, la Asociación de Internet MX (AIMX), que agrupa a las empresas de la economía digital, ha asumido la crítica más fuerte desde el sector privado. Pablo Corona, presidente de la asociación, advierte que sí puede ser legítimo que el SAT conozca cuánto factura cada plataforma, pero advierte que el artículo 30-B va mucho más allá.
“De ahí a que se haga un acceso en tiempo real y en línea a la plataforma operativa del proveedor de servicios, pues querría decir que había mucha más información que solamente cuánto cobraron, qué visitaste, tus hábitos, qué consumiste, qué videos viste, qué buscaste”, dijo en entrevista.
Corona explicó que esa diferencia es crucial. Mientras un reporte de lo facturado puede ser proporcional y cumplir con fines fiscales, abrir el acceso completo a las bases de datos de una compañía digital equivale a compartir información sin relación con impuestos.
“Podría ser una compartición ilegítima incumpliendo las leyes de datos personales… y también sería ilegítima la recepción de ese dato por parte de la autoridad”, dijo.
Juan Antonio Ramírez, vicepresidente de Relaciones con Gobierno de la AIMX, agregó que la redacción del artículo implicaría un acceso indiscriminado del gobierno a los sistemas de las plataformas digitales.
“Si yo te abro la puerta a mi plataforma, tú puedes tener acceso a todo; no sabemos si esa información pudiera ser de menores, o si estarías generando, por ejemplo, violaciones a un secreto bancario”, dijo.
Ramírez también advirtió sobre un riesgo sistémico: hacer corresponsables a buscadores, como Google y Bing, y otros intermediarios, como los operadores de telecomunicaciones o las empresas de transporte por aplicación, por el contenido y las transacciones que facilitan.
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“Por tratar de darle responsabilidad… lo que tendría que hacer la empresa intermediaria es decir: ya no indexo; y eso haría las búsquedas mucho más complicadas”, dijo.
El impacto económico también preocupa. Para la AIMX, muchas micro, pequeñas y medianas empresas dependen de plataformas digitales para vender y anunciarse. Forzarlas a abrir sistemas a la autoridad podría romper contratos con multinacionales que prohíben ese nivel de acceso y generar cancelaciones masivas de usuarios. En casos extremos, advierte la asociación, una firma local podría perder hasta 80% o 90% de su clientela y quebrar.
Sociedad civil: riesgos de censura
La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) considera que el artículo 30-B constituye una amenaza directa a la privacidad y a la libertad de expresión. Su representante, Vladimir Chorny, lo describe como una reforma “claramente violatoria” porque obliga a entregar información de usuarios “en tiempo real, (de manera) permanente”. Además, su alcance no se limita a plataformas de comercio electrónico o de streaming.
“Alcanzaría redes sociales como Instagram, como Facebook, TikTok, incluso plataformas como Uber o Didi”, dijo Chorny en entrevista. Algo en lo que coincidieron Corona y Ramírez, pues la redacción de la propuesta de reforma permitiría abarcar a cualquier compañía que ofrezca un servicio con pagos digitales o que facilite transacciones entre personas a través de internet.
Chorny también sostuvo que la medida es “violatoria de la Constitución” y que, más que un instrumento recaudatorio, “pareciera una excusa para darle un arma muy poderosa al Estado en términos de control de la población”.
Uno de los puntos más críticos es la sanción prevista: el bloqueo total de servicios digitales que no cumplan. Para R3D, se trata de un acto de censura previa incompatible con el artículo 7 constitucional y con los estándares internacionales, que solo admiten medidas de esa magnitud en casos extremos como la difusión de pornografía infantil o la incitación a la guerra.
La organización cuestiona a su vez la ausencia de controles judiciales. El artículo faculta al SAT a emitir reglas y a la ATDT a ejecutar la supervisión, “sin ningún mecanismo de transparencia, sin ningún control judicial”. Eso choca con el artículo 16 de la Constitución, que exige aval de un juez para cualquier intervención en información privada.
Al analizar la reforma en conjunto con otras normas recientes, como las facultades de geolocalización en telecomunicaciones o la creación de una plataforma central de investigación en la ley de inteligencia, R3D concluye que se está diseñando un entramado legal que habilita la vigilancia masiva. Chorny lo resume como “una receta de tintes autoritarios”.
El reto legislativo
La AIMX ya inició conversaciones en la Cámara de Diputados. Según Ramírez, hubo apertura para revisar la redacción del artículo 30-B y matizarlo.
La prioridad inmediata del Congreso es la Ley Aduanera, pero en los próximos 15 días deberá afinarse el paquete fiscal completo. El compromiso, dijo, es que la disposición final “no violente derechos humanos ni datos personales” y sea compatible con tratados internacionales.
Las alternativas que plantean industria y sociedad civil son claras: reportes fiscales acotados que informen lo facturado, solicitudes de datos sujetas a control judicial y la prohibición expresa del bloqueo como mecanismo de presión.
Cortesía de El Economista
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