
El 28 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, documento que contiene las tarifas del Impuesto sobre la Renta aplicables a personas físicas para todo el ejercicio fiscal 2026. Estas tablas son el punto de partida para calcular pagos provisionales, retenciones y el impuesto anual en prácticamente todos los tipos de ingreso.
Desde el primer día de enero de 2026, las empresas, patrones, despachos contables y contribuyentes deben utilizar estas tarifas como referencia obligatoria. Para facilitar su consulta práctica, las Tablas ISR 2026 ya se encuentran disponibles en el siguiente enlace especializado: https://www.elcontribuyente.mx/2025/12/tablas-isr-2026/.
Qué incluye el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026
El Anexo 8 concentra las tarifas que deben aplicarse para el cálculo del ISR de personas físicas durante 2026. Estas tarifas se utilizan para determinar:
- Retenciones de sueldos y salarios.
- Pagos provisionales de honorarios y actividades empresariales.
- Ingresos por arrendamiento.
- Cálculo del impuesto anual.
En términos operativos, estas tablas son las que se cargan en los sistemas de nómina, plataformas de facturación, ERP y herramientas de cálculo fiscal. De ahí que su correcta actualización sea un tema crítico para cualquier empresa o profesionista.
Por qué las tarifas de ISR 2026 cambian por inflación
Las tarifas publicadas para 2026 fueron actualizadas conforme a la inflación acumulada desde diciembre de 2022, aplicando los mecanismos previstos en la legislación fiscal. Esto significa que los límites inferiores y superiores de cada rango de ingresos se incrementaron en términos nominales.
En la práctica, este ajuste tiene un efecto directo en el bolsillo de las personas físicas: evita que un aumento de ingresos causado únicamente por inflación provoque que el contribuyente “salte” a un rango más alto de ISR y pague más impuestos en términos reales.
Como resultado, desde enero de 2026 muchos trabajadores, profesionistas y arrendadores observarán retenciones ligeramente menores o impuestos más bajos, aun cuando su ingreso nominal sea mayor que en años anteriores.
Cómo impactan las nuevas tarifas en la nómina y los pagos provisionales
Con la publicación del Anexo 8, todos los responsables de efectuar retenciones deben ajustar de inmediato sus sistemas de cálculo. Esto incluye:
- Sistemas de nómina y recursos humanos.
- Plataformas de facturación electrónica.
- Hojas de cálculo y herramientas auxiliares de ISR.
Si un empleador continúa utilizando tablas de años anteriores, puede generar retenciones incorrectas, ya sea en perjuicio del trabajador o con riesgo de contingencias fiscales para el patrón.
Por esta razón, es clave verificar los rangos y tarifas directamente en una fuente confiable. La referencia práctica más utilizada para este fin son las Tablas ISR 2026 publicadas en: https://www.elcontribuyente.mx/2025/12/tablas-isr-2026/.
Qué tipos de ingresos usan las tarifas del Anexo 8
Las tarifas actualizadas no se limitan a los asalariados. Se aplican a prácticamente todos los ingresos gravados de personas físicas, entre ellos:
| Tipo de ingreso | Uso de las tarifas ISR 2026 |
|---|---|
| Sueldos y salarios | Retención mensual y cálculo anual |
| Honorarios | Pagos provisionales y anual |
| Actividades empresariales | Determinación mensual y anual |
| Arrendamiento | Pagos provisionales y anual |
| Otros ingresos gravados | Aplicación de la tarifa correspondiente |
Esto hace que la correcta interpretación de las tablas sea indispensable tanto para contribuyentes individuales como para despachos y áreas contables.
Dónde consultar las tablas oficiales del ISR 2026
Aunque el Anexo 8 forma parte de la Resolución Miscelánea Fiscal, en la práctica los contribuyentes suelen consultar versiones consolidadas y amigables para el cálculo diario. En ese sentido, las Tablas ISR 2026 ya se encuentran disponibles y listas para usarse en el siguiente enlace:
https://www.elcontribuyente.mx/2025/12/tablas-isr-2026/
Ahí pueden revisarse los rangos, límites, cuotas fijas y porcentajes aplicables para cada nivel de ingreso durante todo el ejercicio fiscal 2026.
Te puede interesar
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.
Cortesía de El Contribuyente
Dejanos un comentario: