Jornada de 40 horas: Este es el calendario propuesto para la reducción gradual

El Senado de la República recibió las iniciativas de reforma a la Constitución Política y a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para reducir la jornada laboral a 40 horas mediante un proceso gradual hacia 2030 que, además, contempla límites fijos para horas extra. 

Tras meses de espera, el Gobierno Federal entregó la propuesta que busca reformar la Constitución para establecer la jornada laboral de 40 horas semanales, manteniendo el esquema de seis días de trabajo y el disfrute de por lo menos un día de descanso con goce de salario. 

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En el caso de la LFT, la iniciativa prevé ajustes a nueve artículos y la derogación de uno, que, entre otras cosas, busca la redefinición de la jornada de trabajo, la duración de la jornada laboral, el registro electrónico, así como los límites y el pago de horas extras.

“El trabajo es una actividad que dignifica al ser humano y constituye un elemento esencial para el desarrollo individual y colectivo; sin embargo, esta labor no debe representar una carga física ni psicosocial excesiva para quien la desempeña, por lo que es imprescindible garantizar un equilibrio entre el trabajo y el descanso“, se lee en la exposición de motivos de la propuesta del Ejecutivo Federal a la que El economista tuvo acceso.

Calendario para la reducción gradual de la jornada

La reforma a la legislación laboral anticipa que la jornada laboral será de 40 horas, no obstante, como ya se había adelantado, la reducción será gradual. Si bien la propuesta es que la entrada en vigor sea el 1 de mayo del 2026, la disminución de las horas de trabajo comenzaría el 1 de enero del 2027.

Este es el calendario propuesto:

  • 48 horas en 2026
  • 46 horas en 2027
  • 44 horas en 2028
  • 42 horas en 2029
  • 40 horas en 2030

Esto quiere decir que, entre el 1 mayo al 31 de diciembre de 2026, las personas trabajadoras y empleadoras podrán ajustar los procesos de trabajo según los nuevos horarios, y en ninguna circunstancia se disminuirán los sueldos, salarios o prestaciones durante el proceso de disminución de la jornada. 

“La calidad y la cantidad del tiempo libre adquieren una relevancia fundamental para preservar la salud y el equilibrio psicosocial de las personas. Por ello, la presente iniciativa tiene como propósito reducir las jornadas laborales excesivas que, en muchos casos, perpetúan condiciones de vida desgastantes, incrementan los riesgos de enfermedad y profundizan el estrés asociado al trabajo”, se expone en una de las minutas.

La propuesta buscará alinearse a los estándares internacionales como el Convenio 47 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), un instrumento que “establece una condición mínima indispensable” en el bienestar, con beneficios que promueven la igualdad de género, aumenta la productividad, fortalece la sindicalización y negociación colectiva, además de facilitar la conciliación familiar, menciona la iniciativa.

Calendario de tiempo extra con reforma laboral

Además de la reducción de la jornada laboral, la iniciativa de reforma plantea una modificación a la Constitución para establecer un límite máximo al tiempo de trabajo extraordinario, el cual no podrá superar las 12 horas semanales, distribuidas en hasta cuatro horas diarias y máximo cuatro días a la semana.

En la modificación a la LFT, la reforma al artículo 66 y 68 refiere que la jornada podrá prolongarse extraordinariamente y se le pagará al trabajador un 100% más de su salario, pero si el tiempo excede de 12 horas en la semana, se pagará 200% más, y en ningún caso la suma de las jornadas ordinaria y extraordinaria podrán superar las 12 horas diarias.

La jornada extraordinaria no puede ser impuesta, por lo que debe ser aceptada por las personas trabajadoras sin que ello comprometa su relación laboral, además, se restringe que los menores de 18 años trabajen tiempo extraordinario.

A diferencia de la reducción de la jornada laboral, el calendario del tiempo extraordinario de trabajo permitido entrará en vigor de manera gradual a partir del 1 de enero de 2026, pero los cambios se reflejarán a partir de 2027:

  • 9 horas en 2026 
  • 9 horas en 2027 
  • 10 horas en 2028 
  • 11 horas en 2029 
  • 12 horas en 2030

Además, para llevar un control del tiempo trabajado, también se adiciona la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT para que, a partir del 1 de enero de 2027, los empleadores estén obligados a registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada trabajador, desde la hora de inicio hasta su finalización.

La reforma laboral permitirá la generación de mayores ingresos y tiempo libre, de forma que los trabajadores puedan optar “por laborar horario extraordinario o bien, invertir ese tiempo en mejorar las relaciones en los ámbitos familiar y social”, refuerza la propuesta que destaca, esto también fomentará la participación en las actividades del hogar.

Cortesía de El Economista



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