Ley de Amparo: ¿Cuáles son los cambios tras aprobarse la reforma?


El 14 de octubre de 2025, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley de Amparo, una iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum y que ya contaba con el aval del Senado. Con 345 votos a favor de Morena, PT y PVEM, frente a 131 en contra de la oposición y tres abstenciones, la reforma avanzó tras horas de debate en el pleno.

La discusión se centró en el dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Justicia y Hacienda y Crédito Público, que introdujeron cambios clave al texto original, incluyendo ajustes al artículo transitorio que contemplaba la retroactividad, punto que generó fuerte polémica. 

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Aunque legisladores de oposición intentaron frenar el avance de la reforma mediante mociones suspensivas para regresar el dictamen a comisiones, estas fueron desechadas al inicio de la sesión. Posteriormente se presentaron diversas reservas y posturas de los distintos grupos parlamentarios antes de proceder al análisis puntual del proyecto.

¿Cuáles son las principales modificaciones a la Ley de Amparo?

La reforma aprobada representa una transformación significativa en el funcionamiento de los juicios de amparo. A continuación, los cambios más relevantes:

  • Digitalización total del juicio de amparo: A partir de esta reforma, los procedimientos podrán llevarse a cabo completamente en línea, equiparando legalmente los expedientes electrónicos con los físicos y estableciendo reglas uniformes para su manejo.
  • Reducción de plazos procesales: Los jueces contarán con un máximo de 90 días naturales para emitir sentencia tras la audiencia constitucional, lo que representa una disminución considerable en los tiempos actuales de resolución.
  • Rechazo expedito de recusaciones infundadas: Los tribunales tendrán mayor margen para desechar recusaciones que se presenten con el fin de entorpecer o dilatar los procedimientos.
  • Nuevos criterios sobre interés legítimo: Se amplía el concepto para incluir afectaciones tanto individuales como colectivas, eliminando los requisitos de que la afectación sea directa o actual.
  • Lineamientos más estrictos para medidas cautelares: Los jueces deberán justificar el otorgamiento de suspensiones temporales basándose en tres principios: apariencia de buen derecho, interés suspensional y la prevalencia del interés social.
  • Cambios fiscales importantes: El Código Fiscal de la Federación incorpora nuevas causales de improcedencia para el recurso de revocación, especialmente cuando se trate de créditos fiscales ya determinados por resoluciones firmes o solicitudes de prescripción de esos créditos.
  • Reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa: Se ajusta para evitar que este órgano revise actos ya resueltos de manera definitiva, eliminando su competencia sobre ciertos casos fiscales cerrados.

Con esta reforma, el Gobierno Gederal busca agilizar y modernizar el juicio de amparo, reducir la litigiosidad innecesaria y cerrar puertas al uso estratégico de figuras legales para frenar actos de autoridad. Sin embargo, la oposición y sectores jurídicos han advertido sobre los posibles riesgos en cuanto a garantías individuales y retroactividad legal. El debate continuará mientras se analiza su aplicación práctica. 

EE

Cortesía de El Informador



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