LFT: ¿Cuántos días de descanso obligatorio hay en noviembre?


La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) informa que las personas trabajadoras, según lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, el mes de noviembre cuenta con un único día de descanso obligatorio calendarizado. ¿Te gustaría saber cuál es? A continuación, te brindamos más detalles al respecto.

El calendario de días feriados inamovibles se rige por el artículo 74 de la LFT, el cual determina que el tercer lunes del mes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, también conocido por ser el Día de la Revolución Mexicana, es un día de descanso obligatorio, lo que refiere a una jornada no laborable en la que los empleados deben recibir su salario diario, sin tener que acudir a trabajar. 

No obstante, te recordamos que las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual en el tercer lunes de noviembre tienen derecho a recibir un salario especial:

• Deben recibir, independientemente del salario que les corresponde por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

• Esto se traduce en un salario triple por la jornada trabajada.

De igual manera te informamos que este será el único día de asueto obligatorio en noviembre.

CT

Cortesía de El Informador



Dejanos un comentario: