LFT: ¿Quiénes pueden cobrar en México la prima de antigüedad?


De cara al fin de este 2025, miles de trabajadores mexicanos aguardan con paciencia el pago del aguinaldo, las utilidades, la prima vacacional, y los bonos por comisiones, entre otros —tal y como según lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) y lo haga cumplir la propia empresa—. Sin embargo, ¿qué ocurre con la prima de antigüedad? En esta nota te lo contamos. 

Hagamos una pausa y recordemos que en 2011, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó un criterio definitivo sobre cómo debe calcularse la prima de antigüedad. La cual, cabe decir, debe calcularse con base en el salario que el trabajador recibe en el momento exacto en que termina la relación de trabajo; sea por renuncia, fallecimiento, incapacidad o jubilación.

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¿Qué es la prima por antigüedad?

La prima de antigüedad —prevista en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo— consiste en otorgar al trabajador el equivalente a doce días de salario por cada año laborado.  

El tercer párrafo del artículo 162 establece: “La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo, se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido”.

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Estas son las claves en el cálculo de la prima

Según el criterio definido por la Corte, el salario que debe utilizarse como base para calcular la prima es el que el trabajador percibía justo al concluir su relación laboral; no se toma en cuenta un salario promedio ni uno anterior al momento de la separación. Un criterio que busca evitar disputas y prevenir que el cálculo pueda manipularse en perjuicio del trabajador.

También permanece la regla de que el salario base para este concepto no puede ser inferior a un salario mínimo ni exceder el equivalente a dos salarios mínimos. Si el sueldo real del trabajador rebasa este límite, deberá aplicarse el tope máximo de manera obligatoria. 

Especialistas en el tema consideran que el fallo de la tribuna fortalece la certeza jurídica y evita que el cálculo de la prima de antigüedad quede sujeto a criterios ambiguos.

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AO
 

Cortesía de El Informador



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