Los influencers: el quinto poder

Desde que los servicios de radiodifusión comenzaron a extenderse en México en la primera mitad del siglo pasado, los medios de comunicación se fueron convirtiendo en uno de los factores reales del poder de mayor peso, haciendo referencia al concepto definido por Ferdinand Lasalle en 1862. La influencia que los medios tenían desde entonces en el rumbo político, económico y social de los Estados era tan definitiva que en muchas ocasiones se les ha denominado como “el cuarto poder”, concediéndoles la misma relevancia que a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Estado.

Ahora, a partir de la penetración del servicio de Internet, y de la proliferación de las redes sociales, los llamados influencers se han abierto un nuevo espacio desde el cual tienen el poder para contribuir, e incluso delinear el debate público. Si bien es cierto que los influencers, al igual que los medios de comunicación tradicionales, son responsables de generar y difundir información masivamente, las figuras difieren en aspectos básicos.

Los medios de comunicación se encuentran estrictamente regulados, lo que facilita su identificación pública y la asignación de responsabilidades cuando incurren en alguna falla. Se trata generalmente de personas morales, titulares de concesiones que pueden ser fácilmente supervisadas o sancionadas por el Estado, o demandadas por particulares si consideran que han violado sus derechos. Esta “visibilidad” fomenta también que los medios tradicionales inviertan más recursos en el ejercicio profesional de sus actividades periodísticas, con independencia del perfil y la credibilidad que cada uno se vaya construyendo ante las audiencias.

Los influencers generalmente son personas físicas, que se encuentran sujetas a la legislación únicamente en la misma medida que un ciudadano común. Aun cuando a veces es posible identificarlos físicamente, un velo de “anonimato” los protege de alguna manera pues para poder instaurar acciones legales en su contra, se requiere conocer su información personal, como sus domicilios y nombres completos. Además, los influencers difícilmente invertirán los mismos recursos que un medio tradicional en infraestructura para la elaboración y producción de sus notas, y en muchas ocasiones, no tienen preparación alguna en el ejercicio del periodismo.

A pesar de ello, el poder y el impacto que tienen los influencers en la opinión pública es innegable, y ha sido advertido tanto por anunciantes y empresas, como por los partidos políticos y las autoridades. Una de las consecuencias son los diversos intentos que se han dado por regular su actividad. Tal es el caso de la iniciativa para crear la “Plataforma de Seguimiento del Contenido de Influencers en Plataformas Digitales” que será retomada por Morena en el Congreso de la Ciudad de México, según lo informó el domingo pasado la diputada Leonor Gómez Otegui.

Por grande que sea la tentación para regular a los influencers, la legislación que en su caso se emita, tendría que considerar varios aspectos que podrían dificultar su implementación. Por un lado, se debe tomar en cuenta que muchos de los problemas que se pretenden abordar, ya tienen soluciones previstas en la regulación en otras materias, como el discurso de odio o la invasión de derechos al honor y la privacidad de terceros.

También es importante considerar la competencia de las autoridades que emitirán la regulación, y su ámbito territorial de aplicación. Además, tendría que revisarse la competencia del Congreso local para legislar sobre la materia.

Por otro lado, el velo de “anonimato” de los influencers sin duda dificultaría su aplicación. Gómez Otegui señaló que incluiría como sujetos regulados a las agencias de influencers, sin embargo esta medida también podría evadirse fácilmente por los influencers independientes. La regulación de los operadores de redes sociales probablemente resultaría ineficaz, si no residen en México.

Cortesía de El Economista



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