México está por implementar un impuesto del 33.5% para los productos que ingresan mediante paqueterías internacionales. La medida aplica específicamente a mercancías de países con los que no existen acuerdos comerciales, como China, por lo que afectará las compras en plataformas como AliExpress, Shein o Temu.
La nueva resolución ya está establecida en el Diario Oficial de la Federación (DOF) e indica que las modificaciones entrarán en vigor el 15 de agosto de 2025. En el documento se adiciona una regla que impone una “tasa global del 33.5%” a la importación de mercancías a través del proceso simplificado que utilizan las empresas de mensajería y paquetería.
En qué consiste el “proceso simplificado”
Este ‘proceso simplificado’ es un régimen aduanero diseñado para importar paquetes de bajo valor de una forma más rápida y eficiente que con una importación comercial. Solo pueden utilizarlo las empresas de mensajería y paquetería registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Cuando un usuario compra en una tienda en línea internacional, estas compañías usan dicho método para ingresar el producto al país.
La modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 indica que, a partir del 15 de agosto, la tasa global para este procedimiento de importación será del 33.5%. Se trata de una tarifa que agrupa varios impuestos y derechos que, de otra forma, se deberían pagar por separado, lo que tiene el objetivo de facilitar el proceso para hacerlo más rápido y eficiente.
Esta no es la única tasa que se aplica. Actualmente también existe otra del 19%, pero se utiliza únicamente para mercancías con un valor superior a 117 dólares. Otra condición es que el paquete se encuentre amparado con una guía aérea o conocimiento de embarque, un documento que indica que la empresa de transporte ya recibió la mercancía, quién es el dueño del paquete y que funciona como contrato entre quien envía y quien transporta.
Dicha tasa del 19% también se utiliza si los productos no están sujetos a regulaciones y restricciones no arancelarias. Es decir, si no requieren permisos o certificados especiales para entrar a México, más allá de los impuestos. Estas regulaciones, como la Norma Oficial Mexicana (NOM) o los permisos de COFEPRIS, tienen el objetivo de proteger la salud de la población, el medio ambiente y la seguridad nacional.
El camino hasta el nuevo impuesto
Este nuevo impuesto surge a raíz de denuncias sobre competencia desleal y evasión fiscal por parte de plataformas de comercio electrónico extranjeras. En su momento, el gobierno indicó que estas empresas “abusaban” de la exención de impuestos en paquetes de bajo valor para posicionarse en el mercado, una práctica que ha sido documentada en diferentes casos en México.
Para contrarrestarlo, las autoridades implementaron desde 2024 múltiples aranceles de hasta el 35% en varios sectores industriales, como el acero, textil y calzado, con el fin de proteger la industria nacional.

Después, con el objetivo de cerrar el vacío legal general, el SAT obligó a las importaciones de países sin acuerdos comerciales con México a pagar el Impuesto General de Importación (IGI) del 19%.
Ahora, con esta nueva resolución, se establecen casos específicos donde se aplica una tasa global del 33.5% para las importaciones simplificadas de mensajería, que entrará en vigor el 15 de agosto de 2025. Esta medida aplicaría a la gran mayoría de compras de bajo valor realizadas en plataformas de comercio electrónico.
Sin embargo, este no es el único caso donde se puede aplicar esta tasa. También se utilizaría en aquellas mercancías superiores a los 117 dólares si están sujetas a las regulaciones y restricciones no arancelarias. Por ejemplo, cuando un producto requiere de un permiso especial para entrar al país y sus criterios no entran en la tasa reducida del 19%. Esto aplicaría a cosméticos, suplementos o medicamentos sin receta, o a aparatos electrónicos que requieran una NOM para garantizar su seguridad, como celulares de importación que tendrían este costo adicional.
Se resume de la siguiente forma:
Si tu paquete… |
Pagarás… |
---|---|
Vale $117 USD o menos (y viene de un país sin TLC como China). |
33.5% |
Vale más de $117 USD Y es un producto simple (ropa, libros, sin permisos). |
19% |
Vale más de $117 USD PERO necesita un permiso especial (cosméticos, aparato tecnológico, etc.). |
33.5% |
Viene de EE.UU. o Canadá (socios del T-MEC). |
Un régimen distinto con tasas más bajas (0% o 17%) |
La respuesta de las plataformas
Para adaptarse a estas medidas, plataformas como Shein, AliExpress y Temu han tomado varios caminos. Uno de ellos es el desarrollo de sus propias versiones de tiendas mexicanas en formato de marketplaces. Esta estrategia les permite reducir costos logísticos y acelerar sus tiempos de entrega, lo que a su vez les ayuda a “evitar” parte de los impuestos aduaneros y competir contra otras compañías locales.
También está la integración de una ventana en sus procesos de compra que solicita el CURP o el RFC del usuario al momento de pagar. Con esto, aseguran que se calculen y paguen los impuestos correspondientes, independientes a los precios de los productos en la plataforma. Anteriormente, los cobros aduaneros se aplicaban únicamente en las inspecciones aleatorias, no solo para estas plataformas, sino para cualquier tipo de importación.
Cortesía de Xataka
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