El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que está por terminar el plazo para quienes no realicen un trámite obligatorio, cuya fecha límite es el próximo lunes 31 de marzo.
Los contribuyentes que no lo presenten podrían hacerse acreedores a multas económicas que pueden superar, incluso, los 44 mil pesos. Por lo que aquí en Unotv.com te contamos los detalles.
[¿YA CONOCES EL CANAL DE WHATSAPP DE UNO TV? Da clic aquí, síguenos y obtén información útil para tu día a día]
¿Quién y qué trámite debe hacer ante el SAT antes del lunes 31 de marzo de 2025?
El SAT informó que desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2025, las empresas o personas morales deben llevar a cabo su Declaración Anual 2024, de los siguientes regímenes:
- Régimen General
- Régimen Simplificado de Confianza
- Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
- Régimen de los Coordinados
- Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
Cabe señalar que las personas morales sin fines de lucro, deben presentar la declaración en la que determinen el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada uno de sus integrantes.
Requisitos para presentar la Declaración Anual 2024 para empresas
Para presentar la Declaración Anual 2024, las empresas o personas morales deben contar con los siguientes datos:
- RFC
- Contraseña
- e.firma activa
- Servicio de banca electrónica
Asimismo, el SAT puso a disposición el siguiente portal web para llevar a cabo este trámite fiscal obligatorio.
SAT implementa mejoras en Declaración Anual 2024
Con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el SAT implementa mejoras a los formularios de la Declaración Anual 2024 para empresas.
Algunas de las modificaciones clave en la Declaración Anual 2024 son:
- Nuevo campo en el Régimen General: se incluyó un campo denominado “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, en el que se encuentra la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo ingresos y egresos con método de pago en una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD)
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada: se incorpora el campo “PTU no deducible”
- Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: se mantiene la opción de visualizar remanentes de pérdidas fiscales desde 2014 hasta 2023
- Régimen Simplificado de Confianza (Resico): las personas morales inscritas en el (Resico) que estén en proceso de liquidación, pueden encontrar en el formulario el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”. Este campo incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. Además, dentro del apartado “Gastos” se agregó la sección “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual contiene la precarga de los pagos provisionales
¿Cuán es la mula por no presentar la Declaración Anual 2024?
El Código Fiscal de la Federación detalla que el contribuyente que incumpla con la presentación de la declaración anual se hará acreedor a multas. En ese sentido, el artículo 82, Fracción I, enumera que la sanción corresponde a:
- De mil 810 a 22 mil 400 pesos, por cada una de las obligaciones no declaradas
- De mil 810 a 44 mil 790 pesos, en caso de ser fuera del plazo señalado
- De 17 mil 190 pesos a 34 mil 350 pesos, por no presentar el aviso de compensaciones
- De 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos, estando obligado a ello, presentarla fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos
Cortesía de UNO TV
Dejanos un comentario: