
La propuesta para que bancos ya no puedan deducir de impuestos las cuotas que pagan al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), incluida en la iniciativa de Ley de Ingresos 2026, busca lograr una homologación con otras jurisdicciones, detalló Édgar Amador, secretario de Hacienda y Crédito Público.
En conferencia de prensa en la que se dieron detalles del Paquete Económico 2026 presentado la noche del lunes, el funcionario explicó que, por ejemplo, es algo que ya se aplica en países como Estados Unidos y Canadá.
“Lo que estamos haciendo también es una homologación respecto de otras jurisdicciones. Por ejemplo en Estados Unidos, en Canadá, en la mayor parte de las jurisdicciones, en Estados Unidos en particular, por ejemplo, las cuotas al organismo equivalente a nuestro IPAB, tampoco son deducibles de la base gravable”, explicó.
Agregó: “entonces es una armonización respecto de estándares internacionales”.
El titular de Hacienda aseguró que ha estado en conversaciones con representantes de la banca comercial tras el anuncio que adelantó la presidenta Claudia Sheinbaum el pasado viernes, y confió en que la medida estará dentro de las previsiones de las entidades.
“La mayor parte de la banca mexicana es una banca internacional que tiene legislaciones fiscales concurrentes en los lugares en donde opera, no será digamos algo que sea heterogéneo respecto de la jurisdicción fiscal que enfrentan”, dijo.
Antonio Martínez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), comentó por su parte que en el documento se establece que no son deducibles las cuotas que pagan los bancos, destinadas a cubrir el saneamiento financiero para el rescate bancario al no estar, dijo, vinculadas con la actividad que genera ingresos.
“Es por esa razón que se toma la decisión”, apuntó.
Mencionó que el cálculo estimado, es que se obtengan alrededor de 10,000 millones de pesos anuales con esta medida.
Tres cuartas partes de las cuotas que van al IPAB
La Iniciativa de Ley de Ingresos para el 2026, plantea entonces que, durante el ejercicio fiscal del próximo año, no serán deducibles las tres cuartas partes de las cuotas pagadas al IPAB por las instituciones de banca múltiple.
Lo anterior, destaca el documento, a efecto de evitar abusos en la deducción de erogaciones que disminuyen la base del impuesto, y que no corresponden a erogaciones que deban realizarse para la generación de los ingresos de las instituciones de banca múltiple.
El documento recuerda que la Ley de Protección al Ahorro Bancario estableció la obligación del pago de una cuota a cargo de los bancos al IPAB, con el fin de establecer un sistema de protección a los depósitos de los usuarios.
Detalla que se estableció que el IPAB podría disponer de las tres cuartas partes de las cuotas que paguen los bancos, para concluir los programas y liquidar las operaciones del otrora Fobaproa.
En este sentido, precisa que estas cuotas no son una obligación general ni pagos en favor del Estado, ya que únicamente las instituciones de banca múltiple se encuentran obligadas al pago de estas cuotas.
“No se debe perder de vista que la mayor parte de dichas cuotas son destinadas a sanear el sistema financiero por el rescate bancario del Fobaproa”.
De igual forma, la iniciativa propone que las Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC), cumplan con la obligación de retener y enterar los Impuestos sobre la Renta (ISR) y al Valor Agregado (IVA) correspondientes a las operaciones en las que participen como intermediarias.
“La obligación propuesta deberá realizarse a personas físicas, morales o residentes en el extranjero”, señala.
Cortesía de El Economista
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