El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) recordó que los trabajadores y sus beneficiarios tienen un plazo de 10 años para reclamar los recursos acumulados en su subcuenta de vivienda.
De acuerdo con la Ley del INFONAVIT, si este plazo expira sin que se haya solicitado la devolución, los fondos seguirán disponibles, pero solo si se cumple con ciertos requisitos.
Aviso previo al vencimiento del plazo
El INFONAVIT enviará un aviso a los trabajadores o beneficiarios cuyo derecho a reclamar los recursos esté por vencer. Este mensaje se enviará por correo electrónico, la plataforma “Mi Cuenta Infonavit” o a través del servicio INFONATEL.
¿Cómo solicitar la devolución? Si ya pasaron 10 años desde que el dinero pudo ser reclamado, el trabajador o sus beneficiarios podrán pedirlo si están en alguno de estos casos:
- Tienen una resolución o negativa de pensión del IMSS bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
- Tienen 65 años (en el caso del saldo correspondiente al periodo Vivienda 92).
- Cuentan con una pensión privada otorgada por su patrón.
- Son beneficiarios legales reconocidos por el IMSS o una autoridad laboral.
Trámite en INFONAVIT o AFORE
El trámite puede realizarse de forma presencial en un Centro de Servicios del INFONAVIT o a través de la plataforma “Mi Cuenta Infonavit”. Si se trata de una pensión bajo la Ley del Seguro Social de 1997 o un plan privado, el procedimiento debe realizarse directamente en la AFORE correspondiente.
El INFONAVIT aseguró que en todos los casos se reconocerán los intereses generados por los recursos de la subcuenta de vivienda. Para más información, se recomienda visitar el portal oficial del Instituto.
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