Ahora que se encuentra cerca la fecha límite para habilitar tu Buzón Tributario te contamos las razones por las que este canal de comunicación directa entre el SAT y los Contribuyentes podría estar bloqueado.
Habilitar el Buzón Tributario es una obligación fiscal, que de no cumplirla antes el 31 de diciembre de 2024, se puede ser acreedor a una multa de hasta 11 mil pesos.
¿Por qué está bloqueado mi Buzón Tributario?
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), habilitar el Buzón Tributario y registrar y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal de los contribuyentes desde 2020, por lo que de no cumplirla es motivo de infracción.
En cuanto a los motivos por los que el acceso al Buzón Tributario podría estar bloqueado, el organismo informa que sucede si obtuviste una suspensión provisional o definitiva en un juicio de amparo.
El SAT informa que se puede solicitar el desbloqueo cuando se te haya otorgado una medida cautelar consistente en la suspensión provisional o definitiva, que no sea expresamente en contra del Buzón Tributario y la notificación electrónica, o que el Juzgado haya acordado la conclusión del medio de defensa y al intentar ingresar a tu Buzón Tributario, visualices un mensaje respecto a la inhabilitación al acceso.
A través del Portal de SAT, o bien en este enlace, puedes presentar una solicitud de aclaración en la que deberás anexar la documentación correspondiente de acuerdo con la regla 2.2.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal de comunicación directa entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar las notificaciones de los actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera eficiente y segura.
Tenerlo habilitado permite a los contribuyentes acceder a un portal privado y personalizado que ofrece diversos beneficios.
¿Cómo habilitar tu Buzón Tributario?
Activar tu Buzón Tributario es un proceso sencillo. Te explicamos cómo hacerlo:
- Accede al portal del SAT y selecciona la opción “Ejecutar en Línea”
- Autentícate utilizando tu contraseña o e.firma
- Ve al menú de accesos rápidos y haz clic en el ícono de “configuración”
- Proporciona uno o más correos electrónicos y un número de teléfono celular
- Verifica los datos ingresados y selecciona “Continuar”
- Confirma el registro de los medios de contacto cuando el sistema lo solicite
- Una vez concluido, imprime tu acuse de registro
Importante: debes confirmar tu correo electrónico y número de celular en un plazo no mayor a 72 horas, o de lo contrario el registro será cancelado.
¿Para quién es obligatorio el Buzón Tributario?
Es importante señalar que la obligación de habilitar el Buzón Tributario aplica a todos los inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con excepciones para:
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados.
Tienen la opción de hacerlo o no:
- Personas físicas, sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
Recuerda que si no te es posible acceder a tu Buzón Tributario puedes presentar una aclaración sobre el bloqueo. Tenerlo habilitado antes del 31 de diciembre de 2024 te evitará una posible multa.
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Cortesía de UNO TV
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