Pensión Bienestar: ¿Quiénes pueden cobrar el pago de marcha si fallece el titular?


El Pago de Marcha es un apoyo económico que las Pensiones del Bienestar entregan en una sola exhibición cuando el beneficiario fallece, de acuerdo con las reglas de operación establecidas por la Secretaría del Bienestar.

FERIA DE SAN FRANCISCO

Este último pago se otorga en ese sensible momento con el objetivo de apoyar en los gastos que deban realizarse.

De acuerdo con el sitio de Programas para el Bienestar, el monto del Pago de Marcha depende del programa social del que era beneficiario el finado.

¿Quiénes pueden solicitar el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar?

El Pago de Marcha se entrega a la persona auxiliar registrada por el fallecido. La persona auxiliar es un adulto de confianza designado por el beneficiario de la Pensión Bienestar con el objetivo de que lo ayude a realizar los trámites relacionados con el programa. De este modo, sus principales funciones son:

  • Realizar cualquier trámite relacionado con la pensión
  • Notificar cambios de domicilio o ausencias temporales
  • Informar del extravío del medio de cobro
  • Consultar sobre la suspensión o retención de pagos
  • Reportar el fallecimiento del beneficiario

¿Cómo se solicita el Pago de Marcha de la Pensión Bienestar?

Para poder acceder al monto, es necesario notificar la muerte del derechohabiente en la Línea del Bienestar, al número 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.

Al momento de llamar, es importante que la persona tenga a la mano el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento del derechohabiente, pues durante la comunicación la operadora solicitará algunos datos contenidos en estos documentos.

La persona auxiliar recibirá instrucciones durante la llamada para recibir el pago. Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.

Para poder acceder al Pago de Marcha es necesario que la persona responsable notifique el deceso dentro del tiempo límite estipulado por el programa, es decir, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, de lo contrario, se pierde el derecho al apoyo.

¿Cuánto da la Pensión Bienestar por Pago de Marcha?

Pensión para los adultos mayores: 3 mil 100 pesos

Pensión para las personas con discapacidad: mil 600 pesos

Pensión Mujeres Bienestar: mil 500 pesos

¿Cómo se registra a una persona auxiliar?

Para hacer el registro, es necesario que el titular de la pensión o la persona que quedará registrada como persona auxiliar llame a la Línea del Bienestar. Se debe proporcionar la siguiente información de ambas personas:

  • CURP
  • Direcciones de domicilios
  • Claves de elector
  • Números de contacto

* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *

MB
 

OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HIDALGO

Cortesía de El Informador



Dejanos un comentario: