¿Puedo presentar la declaración anual al SAT después del 30 de abril?

Foto: Cuartoscuro

El plazo para presentar la declaración anual 2024 ante el SAT vence el miércoles 30 de abril. Pero si no alcanzaste a enviarla a tiempo, no todo está perdido: sí puedes presentarla después, aunque con algunas consecuencias.

Miles de contribuyentes en México no declaran a tiempo y luego se preguntan si hay forma de regularizarse sin meterse en problemas. Aquí te explicamos qué puedes hacer y cómo evitar multas mayores.

  • Ojo, hasta el momento el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha emitido ningún comunicado oficial sobre este tema.

¿Qué pasa si haces la declaración anual fuera de plazo?

Si presentas tu declaración después del 30 de abril, el SAT la considera extemporánea, lo cual puede implicar:

  • Multas de entre mil 400 y hasta más de 17 mil pesos, dependiendo del caso
  • Recargos e intereses si tienes impuestos pendientes por pagar
  • Bloqueo temporal de devoluciones automáticas, si esperabas saldo a favor

Aunque llegues tarde, es mejor hacerlo a que no la presentes, ya que eso puede generar sanciones más graves e incluso revisiones fiscales.

¿Cómo presentar mi declaración anual 2024 extemporánea?

Para presentar de forma extemporánea tu declaración anual 2024 no tienes que hacer prácticamente nada extraordinario, pues la forma de hacer el trámite es el mismo, sólo es probable que ya no puedas entrar a través del minisitio habilitado por el SAT.

Si quieres presentar tu declaración fuera de tiempo, sólo entra al Portal SAT y da clic en el apartado “Declaraciones” de la barra que está justo abajo del logo de la dependencia y luego en “Presenta tu declaración anual de personas físicas”.

Después, la página te pedirá ingresar con tu RFC y contraseña, así como el código Captcha, para abrirte la plataforma de las declaraciones, donde tendrás que hacer clic en “Presentar declaración”, mostrándote el formulario donde deberás seleccionar:

  • Ejercicio: año al que corresponde los ingresos y deducciones que declararás
  • Tipo de declaración: si es normal (primera vez del periodo), complementaria o normal por alguna corrección.
  • Periodo: del Ejercicio

Además, deberás checar que las opciones seleccionadas en cuanto a tus ingresos a declarar sean las adecuadas, recuerda que los datos ya están precargados en el sistema según las facturas que emitiste o solicitaste con tu RFC.

Tras ello sólo tienes que apuntar si tuviste ingresos en el extranjero y dar siguiente, para sólo completar o corregir los datos que te aparecerán en las páginas adicionales, correspondientes a tus ingresos por salarios, deducciones y los intereses o dividendos que pudiste recibir por inversiones.

Una vez que termines, te aparecerá si tuviste saldo a favor o a cargo, así como lo que recibir o tendrás que pagar. Verifica que los datos estén bien y envíala para abrir y descargar el archivo de tu declaración anual y el acuse de la misma, donde te saldrá la línea de captura, si es que tienes que pagar, que podrás liquidar en cualquier banco del país.

En tanto que, los recargos sólo serán si tuviste saldo a cargo, pues el SAT considera eso como un crédito fiscal no liquidado, por lo que tendrás que pagar más. O la multa, si es que ya te había llegado requerimiento por parte del organismo.

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Cortesía de UNO TV



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