¿Qué gastos escolares se pueden deducir en la declaración anual?


Con el regreso a clases, muchas familias buscan opciones para reducir el impacto de los gastos educativos, y una pregunta frecuente es: ¿puedo deducir los gastos de útiles, uniformes o transporte escolar en mi declaración anual? 

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Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que solo algunos gastos escolares califican para deducción, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos específicos.

Gastos que sí se pueden deducir:

Colegiaturas: Son deducibles las colegiaturas de escuelas privadas con reconocimiento oficial, desde preescolar hasta bachillerato (o su equivalente), siempre que se paguen a través de medios electrónicos y se obtenga una factura electrónica (CFDI) que incluya el complemento educativo. Los límites deducibles por nivel educativo son los siguientes:

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos
  • Primaria: 12 mil 900 pesos
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
  • Bachillerato o equivalente: 24 mil 500 pesos

Transporte escolar: Es deducible si la institución lo requiere o si está incluido en la colegiatura y se detalla en la factura. Esta deducción solo aplica para los descendientes directos.

Gastos que no se pueden deducir:

Aunque algunos de estos gastos estén respaldados por factura, el SAT no permite deducir los siguientes conceptos:

  • Útiles escolares, uniformes y libros.
  • Pagos por plataformas educativas.
  • Cuotas de inscripción o reinscripción.
  • Talleres, cursos y actividades extracurriculares.

¿Cuáles son los requisitos para deducir? 

Para que las colegiaturas y el transporte escolar obligatorio sean deducibles, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • El pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta (crédito, débito o de servicios).
  • Se debe obtener una factura electrónica con el complemento educativo, que incluya el nombre y CURP del alumno, el nivel educativo y el desglose de conceptos.
  • La institución debe contar con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).

Solo las colegiaturas y el transporte escolar obligatorio pueden reducir el Impuesto sobre la Renta (ISR). Los útiles, uniformes y las inscripciones no ofrecen beneficios fiscales, aunque se cuente con factura. 

Estar informado sobre estas reglas y planificar con anticipación puede marcar una gran diferencia en los beneficios fiscales de los contribuyentes. 

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Cortesía de El Informador



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